User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante: EPB Abogados
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jueves, 30 de abril de 2026

Investigador Ricardo Pajuelo Bustamante aprobó con éxito el Curso de Manejo Forestal y de Fauna Silvestre Comunitario organizado por SERFOR

El Investigador Ricardo Pajuelo Bustamante aprobó con éxito el Curso de Manejo Forestal y de Fauna Silvestre Comunitario organizado por SERFOR en Lima, del 06 al 30 de abril de 2026.  En dicha actividad académica se trataron importantes temas sobre la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre tales como:

- Institucionalidad, gobernanza y marco legal.

- Manejo sostenible de los recursos forestales.

- Manejo sostenible de fauna silvestre.

- Vigilancia de Bosques Comunitarios y control forestal y de fauna silvestre.

- Sistemas productivos innovadores

- Innovación comunitaria ante los desafíos al cambio climático.

- Gestión del Conocimiento en el Manejo Forestal Comunitario








jueves, 12 de febrero de 2026

Investigador Ricardo Pajuelo Bustamante obtiene la certificación como Especialista en Derecho Ambiental y Forestal, por CFOCAP y el Colegio de Abogados de Lima Este.

Investigador Ricardo Pajuelo Bustamante obtiene la certificación como Especialista en Derecho Ambiental y Forestal, emitido por CFOCAP y el Colegio de Abogados de Lima Este, al haber aprobado el Curso de Especialización en Lima, realizado en el mes de febrero de 2026.  En dicha actividad académica se trataron importantes temas sobre la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre tales como: Normativa ambiental y forestal del Perú; las Funciones de la entidad competente en el sector forestal; el Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental y Forestal; la Legislación forestal y de fauna silvestre; el Reglamento para la gestión forestal y de fauna silvestre, los Delitos forestales y el Tráfico ilegal de flora y de fauna silvestre.



viernes, 20 de junio de 2025

Proceso Contencioso Administrativo contra actos arbitrarios de INDECOPI, por Ricardo Pajuelo Bustamante

 Por Ricardo Pajuelo Bustamante, Especialista en Derecho Administrativo.

En el Perú, la potestad para imponer multas se conoce como potestad sancionadora y está distribuida entre diversas entidades según el sector (tributario, laboral, consumo, ambiente, etc.).

Como sabemos, INDECOPI no es una sola oficina, sino que actúa a través de distintas Comisiones Especializadas. Las multas que impone dependen estrictamente de qué "regla de juego" se haya roto en el mercado.

En el ámbito de las normas sobre Protección al Consumidor y Competencia, INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual) impone diversas sanciones administrativas, entre ellas la multa, que tienen relación con la idoneidad del servicio (el producto no sirve para lo que se vendió), discriminación, publicidad engañosa, concertación de precios (cárteles) y barreras burocráticas ilegales.

Según mi experiencia en procedimientos sancionadores relacionados con la Protección al Consumidor, he notado que es en esta terreno donde se imponen la mayoría de multas a empresas (desde retail y bancos hasta transporte y colegios). Las infracciones específicas más comunes a las que nuestros clientes han tenido que enfrentarse son las siguientes:

  • Falta de Idoneidad: Cuando el producto o servicio no corresponde a lo ofrecido (por ejemplo, un vuelo retrasado, un televisor que falla a la semana, o un departamento con acabados distintos a los del plano).
  • Falta de Información: No exhibir la lista de precios, no informar sobre condiciones relevantes de una oferta o vender alimentos sin los octógonos correspondientes.
  • Discriminación: Es el trato diferenciado injustificado a los consumidores por origen, raza, sexo, idioma o condición económica.
  • Omisión de contar con Libro de Reclamaciones: No tenerlo, tenerlo oculto, no entregarlo cuando se pide o no responder el reclamo en el plazo legal (15 días hábiles) constituye infracción.
  • Imponer cláusulas Abusivas: Poner en los contratos condiciones que perjudican desproporcionadamente al usuario (por ejemplo, "la empresa no se hace responsable de nada").


En cuanto a los procedimientos sancionadores relacionados con la Competencia Desleal, tengo la experiencia de haber conocido de cerca que las multas que impone INDECOPI sancionan las estrategias de marketing o ventas que son "sucias" o deshonestas frente a otros competidores o consumidores. Así, las infracciones específicas más comunes que hemos tramitado, para ejercer la defensa a favor de diversas empresas son las siguientes:
  • Actos de Engaño: Publicidad que miente sobre las características del producto (por ejemplo, "cura el cáncer" sin prueba científica, o "todo a S/10" cuando solo es un producto).
  • Actos de Confusión: Copiar el envase, la fachada o la apariencia de un competidor para que el cliente se confunda y compre por error.
  • Explotación de la Reputación Ajena: Usar la imagen o prestigio de otra marca sin permiso para beneficiarse.
  • Violación de Normas: Sacar ventaja competitiva por no cumplir la ley (por ejemplo, una empresa de transporte que opera sin SOAT y por eso cobra más barato que la formal).
En EPB Abogados & Ingenieros ejercemos activamente la defensa en procedimientos sancionadores, procesos judiciales y procesos contencioso administrativos en casos relacionados a las normas de Protección al Consumidor y Competencial Desleal que buscan imponer medidas cautelares y la sanción de multa contra empresas, personas jurídicas y naturales que ejercen negocios.

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Palabras relacionadas:
Idoneidad, consumidor, publicidad, contrato, producto, servicio, Deber de Información, Obligación del proveedor, oferta, infracción, Asimetría Informativa, Indecopi, proveedor, Trato Digno, Derecho del consumidor, compra, reclamo, Discriminación, Trato diferenciado, trato injustificado, origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, Seguridad, Inocuidad, riesgos injustificados, salud, integridad física, defectuosos, Venta, Contratación, Cláusulas Abusivas, desventaja al consumidor, exoneración de responsabilidad, responsable por pérdidas, Métodos Comerciales Coercitivos, Presión al consumidor, Métodos Comerciales Agresivos, Acoso, coacción, influencia indebida, libertad de elección, Publicidad Engañosa, inducción a error, precio, beneficios del producto, Redondeo, perjuicio del consumidor, a favor del cliente, Etiquetado, rotulado, Información en el envase, ingredientes, fecha de vencimiento, RUC del fabricante, octógonos de advertencia, Gestión de Reclamos, atención post venta, Libro de Reclamaciones, constancia de insatisfacción, Aviso del Libro, Cartel obligatorio, Hoja de Reclamación, Plazo de Atención, Tiempo legal, reclamo, Endoso, Posterga, Derecho en transporte, transferir boleto, Sobreventa, Overbooking, pasaje, aerolíneas, Intereses Moratorios, Cobros adicionales, retraso en pagos bancarios, tope del BCR, interés moratorio, Pago Anticipado, pagar un crédito antes de tiempo, pagar sin penalidades, prepago, Castigo, Sanciones, Amonestación, Sanción leve, Multa, Sanción pecuniaria, UIT, Unidad Impositiva Tributaria, calcular las multas, Medidas Correctivas, Órdenes de Indecopi, reparar el daño, daño al consumidor, Devolver el dinero, devolución de dinero, Reparar el auto, reparación, Cambio de producto, Graduación de la Sanción, Criterios para decidir, multa alta, multa baja, beneficio ilícito, probabilidad de detección, daño causado, Reincidencia, infracción, aumento de multa, Registro de Infractores, empresas sancionadas, discriminación, falta de idoneidad, cláusulas abusivas, falta de información, omisión de Libro, Libro de reclamaciones, EPB Abogados, Ricardo Pajuelo Bustamante, proceso contencioso administrativo, nulidad de resolución administrativa.

viernes, 29 de marzo de 2024

Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en EPB ABOGADOS & INGENIEROS

Implementación y Actualización del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en EPB Abogados & Ingenieros

Diversas entidades y empresas han iniciado el proceso de actualización del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de sus organizaciones, conforme a la Ley N° 29783 y su Reglamento D.S. 005-2012-TR buscando disminuir los riesgos laborales en su personal, lograr la mejora continua y evitar cuantiosas multas que impone la SUNAFIL.

En EPB Abogados & Ingenieros implementamos los documentos e instrumentos que toda organización debe utilizar para fortalecer la gestión empresarial.

🎁¿En qué consiste la implementación del sistema de gestión?

 🏆  Consiste en que la empresa debe obtener y mostrar los siguientes instrumentos:


🎯 Estudios de la línea base en el sistema de gestión de SST.

✅ Implementación y elección del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.

🎯 Elección y designación de los integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

✅ Elaboración y mantenimiento de la documentación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

🎯 Elaboración del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

✅ Capacitación en los cuatro cursos obligatorios anuales sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, a favor de los trabajadores.

🎯 Elaboración de la matriz IPERC (Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control).

✅ Actualización de la matriz IPERC, en el marco de la adaptación al cambio climático y la emergencia por el Fenómeno El Niño. 

🎯 Elaboración del Mapa de Riesgos y Planos de Seguridad de las empresas.

✅ Elaboración y sustentación del Plan y del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

🎯 Implementación del sistema de investigación de accidentes e incidentes de trabajo.

✅ Evaluación de Riesgos Disergonómicos.

🎯 Elaboración de Estudios de Riesgos y Plan de Contingencia o emergencias.

✅ Elaboración de Matriz Legal, entre otros más.


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o por correo electrónico a pajuelobustamante@gmail.com



PALABRAS RELACIONADAS:

Plan Anual de  Seguridad y Salud en el Trabajo

EPB Abogados & Ingenieros

Supervisor de seguridad

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 

Matriz IPERC

Mapa de riesgo 

Plan de Contingencia 

Plan de Capacitación  

Política de de Seguridad y Salud en el Trabajo

ergonomía 

exámenes médicos ocupacionales

Programa Anual de de Seguridad y Salud en el Trabajo

registros obligatorios  

Implementación del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 

inspecciones 

Seguridad y Salud en el Trabajo

Sector educación, sector industrial, sector forestal, sector construcción, sector minero

Fenómeno el Niño, Fenómeno del Niño

SUNAFIL, auditoría del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

Seguridad y Salud, Seguridad y Salud en el Trabajo

domingo, 23 de abril de 2023

23 DE ABRIL: DIA MUNDIAL DEL LIBRO Y DEL DERECHO DE AUTOR.

23 DE ABRIL: DÍA MUNDIAL DEL LIBRO Y DEL DERECHO DE AUTOR

Por Ricardo Pajuelo Bustamante

El 23 de abril fue designado como el Día Mundial del Libro y del Derecho De Autor, por la UNESCO en 1995. Históricamente, alrededor de esta fecha, el 23 de abril, murieron tres grandes de la literatura universal: Miguel de Cervantes Saavedra (murió el 22 de abril y fue enterrado el día 23), William Shakespeare y el Inca Garcilaso de la Vega.

En esta fecha especial renovamos los saludos especiales a nuestros amigos de Escritores de América, apasionados y esmerados en dejar su huella literaria, con historias realmente impactantes que han cambiado el pensamiento de miles de personas en el mundo. A ellos siempre se les reconocerá los Derechos de autor.

LOS DERECHOS DE AUTOR

¿Pero cuáles son aquellos derechos que se les reconoce a los autores?

Existen dos tipos de derechos: los derechos morales o personales y los derechos patrimoniales o económicos.

DERECHOS MORALES DEL AUTOR.

Son los derechos del autor que tienen que ver con su personalidad, es decir, con el hecho de que la obra es una prolongación de la personalidad del autor y por eso, son inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles, y son los siguientes:

- El derecho de divulgación, que consiste en la facultad de decidir si la obra se difunde o permanece en forma inédita. 
- El derecho de paternidad, que otorga el reconocimiento de la autoría.
- El derecho de integridad, que permite al autor impedir la deformación de su obra, incluso, frente a quien posea el soporte material que la contenga.
- El derecho de modificación o variación que tiene el autor y que rige antes y después de la divulgación de la misma, que le permite modificar su obra, debiendo indemnizar a terceros que pudiese afectar.
- El derecho de retiro de la obra del comercio, que ejerce el autor principalmente cuando cambia sus convicciones políticas, religiosas o de cualquier otra índole y repudia su obra, teniendo la posibilidad de disponer que ella no circule más.
- El derecho de acceso del autor al ejemplar único de la obra que está en poder de otro, a fin de poder ejercitar sus derechos morales y patrimoniales.

DERECHOS PATRIMONIALES DEL AUTOR.

Son aquellos derechos que le dan la exclusividad al autor para explotar su obra y obtener beneficio económico por ello, y se manifiestan mediante la posibilidad de autorizar o prohibir:

- La reproducción de la obra, ya sea de manera parcial o total, mediante cualquier tipo de forma o procedimiento conocido o por conocerse.
- La comunicación pública de la obra.
- La distribución pública de la obra (alquiler, venta o préstamo público).
- La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación.
- La importación al territorio nacional de copias de su obra. Cualquier otro tipo de utilización de la obra.

¡Sigamos escribiendo!

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Palabras relacionadas:

Día Mundial Del Libro
Día del derecho de autor
Derechos de autor
Día del Libro
Miguel de Cervantes Saavedra
William Shakespeare
Inca Garcilaso de la Vega
Escritores de América
derecho de divulgación 
derecho de paternidad 
derecho de integridad 
derecho de variación 
derecho de retiro 
derecho de acceso
EPB Abogados
Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante escritor



lunes, 13 de marzo de 2023

Recurso de Casación y Sentencias de Casación en procesos de indemnización, obligaciones y otorgamiento de Escritura Pública.

Recurso de Casación y Sentencias de Casación en procesos de indemnización, obligaciones y otorgamiento de Escritura Pública.

Por Ricardo Pajuelo Bustamante

El recurso de casación procede contra las sentencias y autos expedidos por las salas superiores que, como órganos de segunda instancia, ponen fin al proceso. Este recurso procede siempre que: a) En la sentencia o auto se discuta una pretensión mayor a las 500 unidades de referencia procesal o que la pretensión sea inestimable en dinero; b) el pronunciamiento de segunda instancia revoque en todo o en parte la decisión de primera instancia, y, c) el pronunciamiento de segunda instancia no sea anulatorio.

Excepcionalmente, procede el recurso de casación cuando la Corte Suprema, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.

Es importante saber que la interposición del recurso suspende los efectos de la resolución impugnada.


MEDIOS PROBATORIOS

Los únicos medios de prueba que proceden en sede casatoria son los documentos que acreditan la existencia del precedente judicial o de la ley extranjera y su sentido, en los procesos sobre derecho internacional privado.

IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN

Según la reciente modificación del Código Procesal Civil, establecida mediante Ley N° 31591, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República declarará la improcedencia del recurso de casación cuando: a) No se cumplen los requisitos y causales previstos en los artículos 391 y 388, respectivamente; b) se refiere a resoluciones no impugnables en casación; o, c) el recurrente hubiera consentido previamente la resolución adversa de primera instancia, si esta fuere confirmada por la resolución objeto del recurso; o si invoca violaciones de la ley que no hayan sido deducidas en los fundamentos de su recurso de apelación.

También declara la improcedencia del recurso de casación cuando: a) Carezca manifiestamente de fundamento; o, b) se hubieren desestimado en el fondo otros recursos sustancialmente iguales y el recurrente no presenta argumentos suficientes para que se modifique el criterio o doctrina jurisprudencial ya establecida.

La improcedencia del recurso puede afectar a todas las causales invocadas o referirse solamente a alguna de estas.


RECURSO DE CASACIÓN DECLARADO FUNDADO Y SUS EFECTOS.

Si la Sala Suprema declara fundado el recurso por infracción de una norma de derecho material, la resolución impugnada debe revocarse, íntegra o parcialmente, según corresponda. También se revocará la decisión si la infracción es de una norma procesal que, a la vez, es objeto de la decisión impugnada.

Si se declara fundado el recurso por apartamiento inmotivado del precedente judicial, la Sala de Casación procede conforme a lo indicado en el párrafo anterior, según corresponda a la naturaleza material o procesal de este.

Si la infracción de la norma procesal produjo la afectación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva o del debido proceso del impugnante, la Sala Suprema casa la resolución impugnada y, además, según corresponda:

1) Ordena a la Sala Superior que expida una nueva resolución;
2) Anula lo actuado hasta el folio que contiene la infracción inclusive o hasta donde alcancen los efectos de la nulidad declarada, y ordena que se reinicie el proceso;
3) Anula la resolución apelada y ordena al juez de primer grado que expida otra; o
4) Anula la resolución apelada y declara nulo lo actuado e improcedente la demanda.

En cualquiera de estos casos, la sentencia casatoria tiene fuerza vinculante para el órgano jurisdiccional respectivo.

En EPB Abogados & Ingenieros S Civil de RL valoramos los esfuerzos que realiza la Corte Suprema de Justicia de la República por establecer criterios uniformes y predecibles mediante las sentencias de casación y los pronunciamientos jurisdiccionales de la máxima instancia del Poder Judicial en procesos como la indemnización por daños y perjuicios, obligaciones de dar, obligaciones de hacer, obligaciones de no hacer y todo tipo de procesos en los que se exige el otorgamiento de Escritura Pública, cuyas materias constituyen una de las principales problemáticas del derecho civil obligacional, en el que confluyen disciplinas jurídicas que provienen de las vertientes del Derecho Registral, Derecho del Acto Jurídico, Derecho de las Obligaciones, Derechos Reales y Derecho de los Contratos.

Si en la actualidad usted está involucrado en algún proceso sobre indemnización por daños y perjuicios, obligaciones de dar, obligaciones de hacer, obligaciones de no hacer y todo tipo de procesos en los que se exige el otorgamiento de la Escritura Pública, y su deseo es sustentar correctamente los actos postulatorios de demanda o de contestación de demanda, o sustentar algún recurso de apelación, o un recurso de casación, no dude en ponerse en contacto con nosotros, que con aprecio le apoyaremos en esta valiosa gestión jurídica.

Cotizaciones y consultas, al WhatsApp 📲999 963 249 https://wa.me/51999963249 o por correo electrónico a 📧pajuelobustamante@gmail.com



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Abogado Especialista en Recursos de Casación

jueves, 2 de febrero de 2023

Día Mundial de los Humedales, por Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante

El Día Mundial de los Humedales fue decretado en el año 1997 y la fecha fue elegida en conmemoración de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional (Convención Ramsar), que se celebró el 2 de febrero de 1971 en Ramsar, Irán.

Los humedales representan uno de los ecosistemas más valiosos del planeta, muy necesario para los seres humanos y la biodiversidad por los servicios ambientales y beneficios que nos otorgan.

Son ecosistemas en los que el agua es el principal factor que controla el entorno y la vida vegetal y animal asociada al mismo. Una definición amplia de humedales incluye los ecosistemas de agua dulce, los marinos y los costeros, como los lagos y ríos, los acuíferos subterráneos, los pantanos y marismas, los pastizales húmedos, las turberas, los oasis, los estuarios, los deltas y las marismas, los manglares y otras zonas costeras, los arrecifes de coral y todos los lugares creados por el hombre, como los estanques de peces, los arrozales, los embalses y las salinas (nacionesunidas.org).

Según el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), en el Perú tenemos importantes humedales en:

- Reserva Nacional de Paracas
- Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes
- Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa
- Santuario Nacional Lagunas de Mejía
- Reserva Nacional del Titicaca
- Reserva Nacional de Junín
- Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca (Laguna del Indio–Dique de los Españoles y Bofedales y Laguna de Salinas)
- Reserva Nacional Pacaya Samiria
- Santuario Nacional Tabaconas Namballe
- Complejo de humedales del Abanico del río Pastaza
- Manglares de San Pedro de Vice
- Humedal Lucre – Huacarpay (en Parque Arqueológico de Pikillaqta)
- Humedal de Sechura.

Estas áreas naturales constituyen el hábitat de una inmensa diversidad de especies de fauna y flora, regulan el ciclo hídrico, mitigan las inundaciones y los efectos del cambio climático. En EPB Abogados & Ingenieros estamos comprometidos con la cultura ambiental.









martes, 6 de octubre de 2020

INAGEP y el Centro de Educación Politécnico Las Américas otorgan el Certificado de Especialización en Gestión Integrada y Sostenible de Recursos Hídricos a Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante

El Auditor Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante, especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo, recibió con fecha 06 de octubre de 2020, el Certificado de Especialización en Gestión Integrada y Sostenible de Recursos Hídricos, consolidando los conocimientos y entrenamiento en: Fundamentos y conceptos básicos para la gestión de los recursos hídricos (conceptos de la hidrología, ciclo hidrológico, procesos y mediciones del ciclo hidrológico, tipos de agua); Gestión de recursos hídricos: Marco legal nacional (derecho al uso, análisis de la Ley N° 29338 y su reglamento; legislación comparada, normas, directivas sectoriales y regulatorias, concordancia con el marco normativo del sector, organizaciones vinculadas con el agua); Gestión de recursos hídricos: Gestión del agua (organización de la gestión del agua en el Perú, administración de los recursos hídricos, modelos de gestión para la administración del agua, ventajas y desventajas); Usos y tratamientos de los Recursos Hídricos (el agua y su importancia, los usos del agua, contaminación, calidad del agua); Buenas prácticas en gestión de recursos hídricos (modelo conceptual, modelos utilizados en diversos países). Nuestro agradecimiento al equipo de INAGEP y el Centro de Educación Politécnico Las Américas. 




domingo, 24 de mayo de 2020

Auditor Autorizado en SST, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante dictará Curso "Medidas Preventivas de Seguridad y Salud en el Trabajo para la Reactivación del Sector Construcción"

¿Asesoras empresas constructoras o a sus proveedores?, o a los trabajadores del Sector Construcción? Este curso on line servirá para fortalecer la gestión empresarial del sector Construcción (postCuarentena), a nivel privado y público. Fechas: 1 y 2 de junio de 2020, de 17:00 pm a 19:00 pm.
Inscripciones en este link de ASOPESMA: