User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante: agosto 2017

martes, 15 de agosto de 2017

El Poder Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?

El Poder Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?

Abogado, Director del Capítulo Legal de ASOPESMA
Auditor en Seguridad y Salud en el Trabajo 
Compartir

Para nadie es una novedad que la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de una determinada organización, debe ser elaborada, aprobada, puesta en práctica y evaluada con la participación protagónica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrada tanto por los representantes del empleador como por los representantes de los trabajadores.

En un estado normal de las cosas, tendríamos a una organización que publicita abiertamente su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la plena certeza de que existe concordia entre el empleador y los trabajadores respecto de los principios y generalidades mencionadas en la política. Pero, ¿realmente en el Poder Judicial la Política de SST ha sido propuesta, aprobada o evaluada por algún trabajador integrante del Comité?

Hace poco, el día 04 de agosto de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ dictado por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,  aprobando el texto actualizado de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, en cuyo texto se menciona “(…) resulta necesario que la política de SST del Poder Judicial sea de conocimiento de los trabajadores de este Poder del Estado (…) por lo que debe aprobarse la actualización del texto (…)”.

Como sabemos, de conformidad con los artículos 22 y 23 de la Ley N° 29783, una política de SST viene a ser la expresión sincera de una organización privada o pública, con la cual se compromete, entre otros, a proteger la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo; y a cumplir los requisitos legales y la negociación colectiva en dicha materia. La “política” es la muestra y plena garantía de que los trabajadores son consultados y participan activamente en todos los elementos del Sistema de Gestión de SST y que existe compatibilidad e integración del Sistema de Gestión de la SST con los demás sistemas de gestión de la organización.

Por nuestra experiencia de trabajo al interior de los órganos jurisdiccionales en el país, hemos notado que las condiciones de trabajo de los trabajadores del Poder Judicial no es la mejor. Espacios reducidos, falta de mobiliario ergonómico, gran cantidad de expedientes pendientes de tramitar, y muchos de ellos con proliferación de bacterias del papel, ácaros y hongos propios de la celulosa, a la larga ponen en riesgo la salud de los trabajadores.

Asimismo, ya lo han dicho algunos especialistas (Terbullino:2016) que entre los auxiliares jurisdiccionales (desde auxiliar hasta Relatores y Secretarios), personal administrativo y magistrados del Poder Judicial, se ha reportado que más del 27% del personal que labora en el Poder Judicial padece de la denominada “triada patológica” conformada por el estrés laboral, la ansiedad y la depresión, lo cual constituye un serio problema en caso no existiera una adecuada gestión de los riesgos psicosociales en dicha organización judicial.

Recientemente hemos sido testigos que las organizaciones sindicales de trabajadores del Poder Judicial han expuesto en sus plataformas de reclamo su necesidad de mejorar sus condiciones de trabajo, exigiendo no solo mejores ambientes y mobiliario para cumplir a cabalidad con sus funciones, sino además un correcto tratamiento de los riesgos psicosociales. Esta realidad nos hace pensar que la “Política” de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial aprobada mediante Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ, no ha contado con la participación de los trabajadores de dicha entidad.

Hace unos días dichas organizaciones sindicales han anunciado nuevas medidas de paralización e incluso una huelga indefinida, lo cual traería como consecuencia la interrupción (nuevamente) de los procesos judiciales.

Los ciudadanos no necesitamos más huelgas de trabajadores del Poder Judicial. Necesitamos que empleador y trabajadores concuerden sus propuestas, y en el caso específico de la Seguridad y Salud en el Trabajo de los trabajadores judiciales, anhelamos un momento en el que realmente los trabajadores puedan ser consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo relacionados con su trabajo, anhelamos que al empleador le importe la opinión del trabajador.

Twitter: @RicardoPAJUELO