User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante: 2018

martes, 23 de octubre de 2018

Con éxito se llevó a cabo Conferencia sobre tratamiento de las inspecciones de SUNAFIL, con la participación del Auditor en SG-SST Ricardo Pajuelo Bustamante

Con éxito se llevó a cabo la Conferencia "Cómo afrontar una inspección de SUNAFIL con éxito y evitar multas", organizado por la Clínica Medical Roma y la Cámara de Comercio de Lima, el día 23 de octubre de 2018 en su sede institucional. Las exposiciones sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y el Cumplimiento de las normas sociolaborales estuvieron a cargo del Ing. Álex Rivera Torres y del Auditor en SG-SST Ricardo Pajuelo Bustamante.






miércoles, 12 de septiembre de 2018

La Escuela Nacional de Administración Pública de SERVIR aprobó al Sr. Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante en el Programa de Integridad en la Gestión Pública, dictado en Lima.

La Escuela Nacional de Administración Pública de SERVIR aprobó al Sr. Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante en el Programa de Integridad en la Gestión Pública que culminó el pasado 24 de julio de 2018. 

El Director de la Escuela, Sr. Dante Mendoza Antonioli, emitió la certificación, mencionando los aprendizajes alcanzados, entre los cuales destacan: 1) Diseño de mapa de riesgos acorde con el sistema o subsistema vinculado a su actividad profesional y el Plan de Acción para dar tratamiento y seguimiento al riesgo; 2) Identificación de los derechos humanos que pueden ser vulnerados por la corrupción y su papel para cautelar estos derechos; 3) Diseño de estrategias de rendición de cuentas, utilizando los conceptos, normas y mecanismos desarrollados en el curso; 4) Análisis de cómo incorporar los enfoques de género e interculturalidad en el desarrollo de una cultura de integridad en la Gestión Pública; 5) Diseño de un proyecto de Código de Conducta que oriente un actuar íntegro dentro de la entidad; 6) Diseño de estrategias para promover la integridad institucional, en el área o sector en el que se desempeña, utilizando los conceptos, normas y mecanismos desarrollados en el curso; 7) Aplicación de diversos conceptos, teorías y criterios morales en el análisis y solución de casos que contienen diversos problemas morales de la gestión pública.


jueves, 9 de agosto de 2018

Importante ponencia sobre la impugnación judicial de las sanciones impuestas por los órganos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo, a cargo del Expositor Ricardo Pajuelo Bustamante

El 08 de agosto de 2018 se llevó a cabo una importante Exposición sobre la "Impugnación judicial de las sanciones impuestas por los órganos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo; alcances del Proceso Contencioso Administrativo", a cargo del doctor Ricardo Pajuelo Bustamante, experto Auditor en Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del Diplomado Especializado en "Fiscalización del Cumplimiento de la Normativa Sociolaboral, Seguridad y Salud en el Trabajo y Derechos Fundamentales" organizado por el Colegio de Abogados de Lima.Si desea acceder a las diapositivas, ingrese aquí.



miércoles, 1 de agosto de 2018

Ricardo Pajuelo Bustamante es reinscrito en el Registro de Auditores de la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el período 2018-2020.

Debido a su experiencia en la sustentación de Auditorías del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, el abogado Ricardo Pajuelo Bustamante renovó su inscripción en el Registro de Auditores del mencionado sistema en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el período 2018-2020. 

Mediante Resolución Directoral N° 78-2018-MTPE de fecha 01 de agosto de 2018, la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso inscribir en el REGISTRO DE AUDITORES para la Evaluación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo al Doctor Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante, acreditándole como Auditor autorizado para ejecutar acciones de Auditoría a nivel nacional a empresas del sector industrial, construcción, minería, agricultura, transporte, turismo y comercio.  Vea la Resolución aquí.


lunes, 25 de junio de 2018

Cómo informar Estrategias, Campañas y Actividades desde el Estado sin usar medios de comunicación privados. Artículo de Ricardo Pajuelo Bustamante

Cómo informar estrategias, campañas y actividades desde el Estado protegiendo el Derecho de Información y Participación ciudadanos:
Alternativas para comunicar sin usar medios de comunicación privados

Autor: Ricardo Pajuelo Bustamante
Abogado, Especialista en Gestión Pública



El Estado Peruano, a través de sus diversas entidades ejecuta a diario planes, programas y actividades, diseña estrategias y pone en marcha grandes campañas para poner a disposición de los ciudadanos, adultos y niños, el cumplimiento de sus políticas y misiones institucionales.

Nos queda claro que es una necesidad y una obligación del Estado comunicar de estas acciones a la población, ya sea en la etapa preparatoria de formulación, así como cuando llega a ofrecer bienes o servicios concretos.  

Dicha obligación se encuentra expresada en el artículo 2, inciso 4 de la Constitución Política del Perú y el artículo 13º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que reconocen el derecho de toda persona a la libertad de información, que comprende los derechos a recibir, buscar y difundir información pública, correspondiendo al Estado la obligación de hacer efectivos los alcances de este derecho y garantizar su ejercicio.

En un trabajo anterior que hice sobre el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 y su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano[1]”, mencioné sobre la influencia que tuvo en nuestra normatividad nacional, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, que señalaba en el artículo III de su Título Preliminar el derecho de toda persona a "participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno”; así como el artículo 48, inciso 1 de la misma Ley que preveía que las autoridades públicas “establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana (…)”, por ello considero que es un derecho irrenunciable para todo ciudadano su participación activa en las gestiones de gobierno que realiza el Estado.

En el Poder Ejecutivo, se han aprobado instrumentos de gestión que, con su aplicación, garantizan el adecuado cumplimiento de la obligación estatal de comunicar sobre la ejecución de los mencionados planes, programas, actividades, estrategias, campañas, políticas o cuanta acción se realice en el Estado.

Para citar algunos ejemplos, basta revisar los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) de algunas entidades públicas que se encuentran vigentes en la actualidad, en los cuales se asignan tareas de comunicación estatal a las unidades orgánicas de dichas entidades, como veremos a continuación:


1)  Según lo establecido en los artículos 51, 52, 69 y 127 del ROF del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, la Oficina de Comunicaciones tiene como fin promover y dirigir las acciones destinadas a la difusión interna y externa de la política exterior y las actividades de los Órganos del Ministerio, así como organizar talleres para los medios de comunicación nacionales y extranjeros sobre temas relevantes de la política exterior peruana. Asimismo dicho Ministerio cuenta con una Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza que tiene la obligación de coordinar con los órganos del Ministerio y los organismos públicos del sector los lineamientos de política para la participación de la sociedad civil, las entidades internacionales y la cooperación internacional en el proceso de integración fronteriza; además cuenta con el conocido Centro Cultural Inca Garcilaso que tiene como función organizar seminarios, conferencias, talleres, exposiciones y actividades similares orientadas a la promoción cultural, incluyendo las publicaciones que corresponda.

2)  Conforme a lo previsto en los artículos 9 y 15 del ROF del Ministerio de Educación aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica tiene como función principal articular y supervisar la formulación, actualización, adaptación e implementación del Currículo Nacional, considerando los enfoques intercultural, bilingüe, inclusivo, ambiental y comunitario; asimismo cuenta con un Consejo Nacional de Educación cuya función es establecer canales permanentes de información y diálogo con la población. Además tiene el privilegio de contar con una Oficina de Diálogo (ODI) como órgano de apoyo, a través del cual debe realizar tantos talleres como mesas de diálogo sean posibles para lograr una adecuada difusión de las estrategias y actividades del sector educación.

3)  De acuerdo a lo establecido en los artículos  13, 15, 35,  87 y 107 del ROF del Ministerio de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA, la Secretaría General tiene como función gestionar, coordinar y asesorar las acciones relacionadas con la prevención, control y promoción de la cultura de paz y diálogo con la sociedad civil, en coordinación con los órganos competentes y en el marco de la normativa vigente; asimismo cuenta con una Oficina de Transparencia y Anticorrupción cuya principal función es realizar acciones que  garanticen el derecho de acceso a la información pública, fortalezcan la vigilancia ciudadana y mejoren la transparencia en la gestión administrativa en el mencionado Ministerio, sus organismos públicos y órganos desconcentrados. Así también tiene una Oficina General de Gestión Descentralizada y Secretaría de Coordinación que debe proponer, promover y participar en espacios de dialogo y soluciones que permitan facilitar las relaciones intergubernamentales y el desarrollo de la gestión descentralizada. Asimismo, cuenta con una Dirección de Productos Farmacéuticos cuya línea de acción es formular e implementar lineamientos, normas, planes, estrategias, programas y proyectos orientados a asegurar la gestión integrada, participativa y multisectorial pública y privada de los productos farmacéuticos a nivel nacional, así como realizar su seguimiento. No está demás mencionar que cuenta con INFOSALUD que es una Dirección que tiene la función de formular e implementar protocolos y procedimientos para orientar al ciudadano en aspectos de  aseguramiento en salud, así como en aspectos sanitarios vinculados a la orientación médica, difusión de campañas de salud; pautas para promover estilos de vida saludables; orientación general sobre medicamentos; recomendaciones de tratamiento sobre signos y síntomas de alerta de la salud, autocuidado; y referencia de los diferentes niveles de atención; primeros auxilios por emergencia de riesgo vital, consulta, quejas y reclamos de la prestación de servicios de establecimientos de salud; de la misma forma se encarga de desarrollar acciones de orientación y consejería médica al ciudadano; difusión de campañas de salud; orientación general sobre medicamentos, entre otros.

4)  Según lo establecido en los artículos 47, 56 y 57 del ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria tiene como función elaborar e implementar el Plan Nacional de Difusión de la Información Agraria Especializada del Sector, en coordinación con los órganos y organismos públicos adscritos al Ministerio; asimismo la Dirección de Gestión Descentralizada tiene la obligación de articular la actuación de los órganos, programas y proyectos especiales del Ministerio y sus organismos públicos adscritos, en el ámbito regional y local. Este Ministerio también cuenta con una Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo, con la responsabilidad de proponer los objetivos y estrategias en materia de prevención y manejo de los conflictos vinculados al tema agrario, en coordinación con los órganos, programas, proyectos especiales del Ministerio y sus órganos públicos adscritos, en el marco de los lineamientos de la PCM, además de generar y fortalecer los espacios de concertación para la prevención y manejo de conflictos vinculados al tema agrario; así como realizar el seguimiento de los acuerdos adoptados.

5)  Conforme a lo regulado en el artículo 107 del ROF del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2003-EM, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros tiene como función principal, participar y dirigir talleres y audiencias públicas relacionadas con los estudios ambientales del Sector Minería, entre otros.

6)  De acuerdo con lo previsto en los artículos 64, 67, 68, 95, 98 y 99 del ROF del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, dependiente del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura tiene como función formular, proponer, evaluar y difundir normas, lineamientos, reglamentos, entre otros, en materia de pesca y acuicultura; asimismo debe diseñar, proponer e implementar mecanismos de coordinación con organismos públicos adscritos a dicho Ministerio y otros niveles de gobierno, para la implementación de las políticas y planes nacionales y sectoriales en materia de pesca y acuicultura. Asimismo cuenta con una Dirección de Seguimiento y Evaluación, que se encarga de realizar el seguimiento a la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, normas y reglamentos de alcance nacional, en materia de pesca y acuicultura. También el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria tiene la responsabilidad de promover espacios de concertación y coordinación en los tres niveles de gobierno para la implementación de políticas en las materias de sus competencias; por otro lado, la Dirección de Normatividad tiene como función difundir, orientar y capacitar a los agentes económicos en la aplicación de las normas, directivas, reglamentos técnicos, entre otros, en las materias de sus competencias.

7)  La Superintendencia Nacional de Fiscalización Tributaria SUNAT, también ha regulado las funciones de su órgano encargado de comunicar sus actividades a la ciudadanía. Según lo previsto en el artículo 29-B de su ROF institucional, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional tiene como función “conducir la ejecución de las acciones de comunicación externa y de coordinación, así como dirigir las acciones de fortalecimiento de la imagen institucional, identidad corporativa y protocolo de carácter institucional. Así también tiene que conducir la elaboración de propuestas de estrategias y acciones para la gestión de crisis o cambios súbitos que afecten la imagen de la institución.


Hoy en día, todos los Ministerios y Organismos del Estado tienen dentro de su organización una oficina, un órgano o unidad orgánica que se encarga de realizar las actividades de difusión y comunicación de las políticas, estrategias y actividades a favor de la población. Hasta aquí solo he mencionado unos cuantos ejemplos. Tal como lo mencioné en un Estudio anterior[2], dichas oficinas están en la obligación de realizar las actividades de difusión y comunicación que menciono a continuación:

a) Acceso de la población a los anteproyectos y proyectos normativos planteados ante el Congreso de la República y el Consejo de Ministros: Consiste en la entrega de los proyectos y propuestas, por escrito y en medio digital, y en cualquier otro medio que la autoridad competente considere idóneo, previa revisión y conformidad de su contenido, a las autoridades públicas, comunales o vecinales y a personas o entidades interesadas o que puedan facilitar su difusión, con la finalidad de promover el fácil entendimiento del proyecto y de sus antecedentes correspondientes, así como la revisión del texto completo de dicho proyecto, en las sedes indicadas por el Poder Ejecutivo.

b) Publicidad de avisos de participación ciudadana en medios radiales del Estado: Consiste en la difusión de avisos mediante anuncios radiales, dando cuenta de la presentación de un proyecto ante las autoridades del gobierno, del plazo y lugar para la revisión del texto completo de sus antecedentes para la presentación de observaciones y sugerencias. En este aviso también se incluyen los demás mecanismos de participación ciudadana que fueran a ser empleados, de ser el caso.

c) Encuestas, Entrevistas o Grupos Focales: Destinadas a recabar información sobre actividades, intereses, percepciones y otro tipo de información que deba considerarse en el diseño de las normas reglamentarias o directivas institucionales y en la toma de decisiones que le compete al gobierno.

d) Distribución de materiales informativos: Son los medios escritos, de audio o audiovisuales, que tienen por fin ilustrar y dar a conocer, de manera sencilla y didáctica las actividades propuestas, en campaña o en ejecución, las medidas de reforma a implementarse o que se vienen implementando, y otra información que pueda ser relevante. Deben ser elaborados en un lenguaje sencillo, coloquial y usando la lengua mayoritariamente usada y comprendida por la población involucrada.

e) Visitas guiadas al área geográfica en donde se implementará algún proyecto o a las instalaciones del proyecto: Visitas guiadas por personal especializado dispuesto por el Organismo Público o Ministerio involucrado, con o sin participación de la autoridad, a fin de mostrar las características del lugar en el que se desarrollará un determinado proyecto; el presupuesto involucrado, las unidades que se instalarán y cualquier otro aspecto relevante para el proceso de participación ciudadana.

f) Interacción con la población involucrada a través de equipo de facilitadores: Dispuesto por el gobierno central en coordinación con sus órganos desconcentrados, el cual visita casa por casa, o comunidad por comunidad, en el área de influencia del proyecto, con la finalidad de informar y recoger percepciones sobre el mismo, que se viene elaborando, o que está siendo revisado por el Poder Ejecutivo, o sobre el proyecto normativo, sus posibles impactos y las consecuencias de su implementación.

g) Talleres participativos: Orientados a brindar información, establecer un diálogo y conocer percepciones, preocupaciones e intereses de la población respecto del proyecto normativo o gestión a implementarse, antes de la elaboración de la norma administrativa o durante su elaboración.

h) Audiencia Pública: Acto público dirigido por el poder Ejecutivo, en el cual se presenta la propuesta de política o proyecto normativo, registrándose los aportes, comentarios u observaciones de los participantes.

i) Presentación de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad: Consiste en facilitar el ejercicio del derecho a la participación mediante la presentación de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad competente en el plazo establecido en el marco normativo aplicable.

j) Oficina de Información Permanente: Consiste en el establecimiento o disposición, por parte del organismo estatal, de un ambiente físico en un lugar apropiado para el acceso de la población involucrada, en el cual se brinde información sobre el proyecto y se absuelva las interrogantes que respecto de éste, sus beneficios o consecuencias pueda tener dicha población.

k) Monitoreo y Vigilancia Participativa: Consiste en promover de manera organizada, la participación de la población involucrada para el acceso y generación de información relacionada a los aspectos de las actividades de los Ministerios del Estado, luego de aprobadas las normas reglamentarias, directivas o actos de gobierno institucionales, a través del seguimiento y vigilancia del cumplimiento de tales normas.

l) Uso de medios tradicionales: Consiste en aquellas formas de participación identificadas de acuerdo a las características sociales y culturales de la población involucrada, las cuales deberán ser identificadas y planteadas por la entidad pública en la propuesta de Plan de Participación Ciudadana.

m) Mesas de Diálogo: Espacio permanente o temporal de interacción entre los representantes acreditados de la población involucrada, de la sociedad civil organizada y las autoridades locales, regionales o nacionales con competencias, en el que se aborda determinados asuntos sobre el derecho a la información y la participación ciudadana, a fin de construir consensos y establecer acuerdos. En este caso, es el Poder Ejecutivo quien promueve la conformación de la Mesa de Diálogo en coordinación con las autoridades nacionales, regionales o locales con competencias en derecho a la información y la participación ciudadana.


Como se aprecia en el presente análisis, el Estado tiene múltiples maneras de informar a las poblaciones alejadas sobre sus estrategias, sus campañas y actividades más importantes, garantizando el derecho a la información y a la participación ciudadana.

Cabe verificar ahora si el Estado, a través de las oficinas competentes está realizando su trabajo de “comunicar” y “difundir” adecuadamente sus actividades, o es que solo estuvo usando el mecanismo de la publicidad en medios de comunicación privados para cumplir dicha misión.



[1] PAJUELO, Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en Julio de 2013. Véase en: https://www.pajuelobustamante.com/principio-10-declaracion-de-rio-influencia-gobierno-poder-judicial-peruano/
[2] PAJUELO, Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en Julio de 2013. Véase en:

sábado, 9 de junio de 2018

Destacado expositor Ricardo Pajuelo Bustamante dictará Conferencia sobre "La prescripción de la facultad para determinar las infracciones administrativas y la caducidad del procedimiento sancionador", en el nuevo Auditorio del Colegio de Abogados de Lima

El destacado especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo, Ricardo Pajuelo Bustamante disertará en el DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOCIOLABORAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y DERECHOS FUNDAMENTALES con el tema "La prescripción de la facultad para determinar las infracciones administrativas y la caducidad del procedimiento sancionador", el día 01 de agosto de 2018 a las 6:00 pm, en el nuevo Auditorio de la Sede Lima Centro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Mayor información Aquí



sábado, 7 de abril de 2018

Secretario General de la ONPE, Sr. Ricardo Pajuelo Bustamante informó del avance de los proyectos normativos propuestos por su Despacho.

El Secretario General de la ONPE, Sr. Ricardo Pajuelo Bustamante informó del avance en la redacción de los proyectos normativos propuestos por su Despacho. Una de las principales normas que pretende sea aprobada este año 2018 es el Reglamento de Notificaciones Electrónicas de la ONPE, con cuya regulación se dará más celeridad a los procedimientos internos, gestionándose correctamente las notificaciones a organizaciones políticas a nivel nacional, a la par de lograr el ahorro de recursos al Estado.




lunes, 2 de abril de 2018

Secretario General de la ONPE, Ricardo Pajuelo Bustamante es seleccionado para conformar la Comisión de Estudio de Derecho Electoral y Derecho Procesal Electoral del Colegio de Abogados de Lima.

El Secretario General de la ONPE, Ricardo Pajuelo Bustamante fue seleccionado para conformar la Comisión de Estudio de Derecho Electoral y Derecho Procesal Electoral del Ilustre Colegio de Abogados de Lima para el período 2018-2019. En la foto, junto al doctor Carlos Arias Lazarte, Juez Supremo Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú. Vea la lista de comisionados aquí.


Ricardo Pajuelo Bustamante
Asesor en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (2009-2013)
Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo
Especialista en Fiscalización y Procedimiento Sancionador.
Maestría en Gestión Integrada en SSOMA
Auditor MINTRA, Auditor MTPE
Auditor del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo


viernes, 30 de marzo de 2018

Secretario General de la ONPE, Sr. Ricardo Pajuelo Bustamante impulsa importantes Convenios a favor de la institución.

El Secretario General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE Sr. Ricardo Pajuelo Bustamante viene impulsando a favor de la institución, durante el año 2018, la suscripción de Convenios Interinstitucionales con diversas entidades del Estado, tales como el Poder Judicial, el Ejército del Perú, el RENIEC, el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Fuerza Aérea del Perú, y otras importantes entidades, con el fin de dotar a la ONPE de mayores elementos para el fortalecimiento de las capacidades de su personal y de las líneas de acción establecidas mediante Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE.



lunes, 12 de febrero de 2018

El Derecho de Sufragio del ciudadano extranjero en el Perú: Fortaleciendo la Democracia. Artículo de Ricardo Pajuelo Bustamante.

El Derecho de Sufragio del ciudadano extranjero en el Perú:
Fortaleciendo la Democracia

Abogado, Secretario General de la ONPE - Perú


Nuestros hermanos extranjeros están por todas partes. Según la Unidad de Informática y Estadística de la Superintendencia Nacional de Migraciones, entre los años 2013 y 2016 ingresaron al Perú más de 15 millones de extranjeros, de los cuales, el 1.76%, es decir más de 264,000 se encuentran con exceso de permanencia.

En un primer momento, el Gobierno dictó el Decreto Supremo N° 001-2017-IN aprobando los lineamientos para el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) para las personas extranjeras madres o padres de hijos peruanos menores de edad e hijos mayores de edad con discapacidad permanente, así como los Decretos Supremos N° 002-2017-IN y 023-2017-IN, aprobando los lineamientos para el otorgamiento del PTP exclusivo para ciudadanos venezolanos, bajo la argumentación de que entre los años 2012 a 2016 la cifra de venezolanos con situación migratoria irregular había superado las 12,000 personas.

Para dictar las mencionadas normas, el Ejecutivo fundamentó como principales motivaciones la “regularización de la situación migratoria”, el “principio de la unidad familiar”, el “interés superior de los menores en situación de vulnerabilidad”, el “respeto a la dignidad humana” y “el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales”, según se aprecia del contenido de la exposición de motivos de los decretos citados.

En el mes de enero de 2018 los medios de prensa informaron que por aplicación de dichos decretos supremos, ahora existen en el Perú “más de 100,000 venezolanos, entre ellos 25,000 con PTP; otros 75,000 como turistas y otros 5,000 como residentes”, impulsándose luego la promulgación del Decreto Supremo N° 001-2018-IN del 23 de enero de 2018, aprobando los nuevos lineamientos para el otorgamiento del PTP para personas venezolanas.

En dicha norma el Ejecutivo evolucionó su fundamentación, citando el "Principio de igualdad en dignidad y derechos", el "Principio de integración del migrante" y el "Principio de formalización migratoria" como principales motivaciones, además de señalar expresamente que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley.

A finales del año pasado, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC publicó la Resolución Jefatural N° 158-2017/JNAC/RENIEC aprobando el "Reglamento para la inscripción electoral de Extranjeros Residentes en el Perú en el marco de un Proceso Electoral", estableciendo los lineamientos para la inscripción en el RENIEC de los extranjeros de dieciocho (18) años de edad o más, residentes en el Perú por más de dos (02) años continuos previos al día del proceso electoral, a fin de que ejerzan su derecho de sufragio conforme a ley, excepto en las municipalidades de frontera; proporcionándoles la respectiva Constancia de Inscripción para tal fin; en otras palabras, garantizando el derecho de sufragio para aquellos extranjeros residentes que:
  1. Tengan dieciocho (18) años de edad o más.
  2. Tengan goce pleno de su capacidad civil y no se encuentren incursos en ninguna de las causales por las que se suspende el ejercicio de la ciudadanía a los peruanos, conforme lo dispuesto en el artículo 33º de la Constitución Política del Perú.
  3. Residan legalmente por más de dos (02) años continuos previos a la fecha de la elección convocada, en un distrito o provincia del territorio de la República; excepto las zonas correspondientes a las municipalidades de frontera.
  4. Tratándose de extranjeros residentes en nuevos distritos, los dos (02) años de residencia a que se refiere el inciso anterior, se computan teniendo en cuenta el periodo de residencia en la circunscripción de la cual se crea el nuevo distrito.


Es importante mencionar que, conforme a lo previsto en la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 007-2017-IN que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones que aprueba nuevas calidades migratorias, la Superintendencia Nacional de Migraciones asigna la Calidad Migratoria Familiar de Residente a todas las personas extranjeras a quienes se les haya otorgado el Permiso Temporal de Permanencia en el marco del Decreto Supremo Nº 001-2017-IN. Asimismo, asignará la Calidad Migratoria Especial residente a quienes se les haya otorgado el Permiso Temporal de Permanencia en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2017-IN; incluso se estableció que, en ambos casos, los beneficiados conservarán el Carné PTP hasta su vencimiento; y que cuando corresponda tramitar la prórroga en el caso de Familiar de Residente o el cambio de Calidad Migratoria en el caso de la Calidad Migratoria Especial Residente, los ciudadanos extranjeros tienen derecho a obtener el Carné de Extranjería.

Como muchos sabemos, el Acuerdo sobre Residencia para los nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR estableció desde el año 2009 el procedimiento y los mecanismos para que los ciudadanos ejerzan su derecho a obtener la residencia legal en el territorio de otro Estado parte, siendo aplicable en Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador, por lo que la obligación como Estado de otorgar las garantías necesarias a los extranjeros para ejercer sus derechos, tiene fuerza vinculante para el Perú.

Recientemente, la Superintendencia Nacional de Migraciones emitió la Resolución de Superintendencia N° 043-2018-MIGRACIONES, publicada el 31 de enero de 2018, aprobando la Directiva “Lineamientos para la obtención de la Calidad Migratoria Especial Residente para personas de nacionalidad venezolana con Permiso Temporal de Permanencia” mediante los cuales estableció las condiciones y requisitos básicos para lograr dicha calidad y de inmediato acceder al Carné de Extranjería.

A diferencia de otros países, el Perú solo exige un período de residencia no menor de dos años para ejercer el derecho de sufragio; sin embargo en el hermano país de Uruguay se requieren 15 años de residencia; mientras que en Venezuela, 10 años de residencia como mínimo.

Nadie niega que muchos extranjeros se encuentran en situación irregular, y que son los más vulnerables por las dificultades que impone la realidad de acceder a los recursos públicos administrados por el Estado; pero ahora estos extranjeros, como los ciudadanos venezolanos por ejemplo, que habrían adquirido la residencia en el Perú, y por ende, un Carné de Extranjería, podrán sufragar sin mayor obstáculo en las elecciones municipales que se convoquen en acto posterior a las ERM 2018.

Si por un lado tenemos las normas habilitantes para obtener la residencia, y por el otro, las normas habilitantes para ejercer el derecho al voto en elecciones municipales, lo que veremos en un futuro muy cercano, es a nuestros hermanos venezolanos con mayor capacidad para decidir la conformación de los nuevos gobiernos locales en el Perú; y eso es para muchos, en estos tiempos de fortalecimiento de las instituciones, la proyección del esplendor de la Democracia.

Twitter: @RicardoPAJUELO
Lima, 12 de febrero de 2018