User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante: junio 2018

lunes, 25 de junio de 2018

Cómo informar Estrategias, Campañas y Actividades desde el Estado sin usar medios de comunicación privados. Artículo de Ricardo Pajuelo Bustamante

Cómo informar estrategias, campañas y actividades desde el Estado protegiendo el Derecho de Información y Participación ciudadanos:
Alternativas para comunicar sin usar medios de comunicación privados

Autor: Ricardo Pajuelo Bustamante
Abogado, Especialista en Gestión Pública



El Estado Peruano, a través de sus diversas entidades ejecuta a diario planes, programas y actividades, diseña estrategias y pone en marcha grandes campañas para poner a disposición de los ciudadanos, adultos y niños, el cumplimiento de sus políticas y misiones institucionales.

Nos queda claro que es una necesidad y una obligación del Estado comunicar de estas acciones a la población, ya sea en la etapa preparatoria de formulación, así como cuando llega a ofrecer bienes o servicios concretos.  

Dicha obligación se encuentra expresada en el artículo 2, inciso 4 de la Constitución Política del Perú y el artículo 13º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que reconocen el derecho de toda persona a la libertad de información, que comprende los derechos a recibir, buscar y difundir información pública, correspondiendo al Estado la obligación de hacer efectivos los alcances de este derecho y garantizar su ejercicio.

En un trabajo anterior que hice sobre el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 y su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano[1]”, mencioné sobre la influencia que tuvo en nuestra normatividad nacional, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, que señalaba en el artículo III de su Título Preliminar el derecho de toda persona a "participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno”; así como el artículo 48, inciso 1 de la misma Ley que preveía que las autoridades públicas “establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana (…)”, por ello considero que es un derecho irrenunciable para todo ciudadano su participación activa en las gestiones de gobierno que realiza el Estado.

En el Poder Ejecutivo, se han aprobado instrumentos de gestión que, con su aplicación, garantizan el adecuado cumplimiento de la obligación estatal de comunicar sobre la ejecución de los mencionados planes, programas, actividades, estrategias, campañas, políticas o cuanta acción se realice en el Estado.

Para citar algunos ejemplos, basta revisar los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) de algunas entidades públicas que se encuentran vigentes en la actualidad, en los cuales se asignan tareas de comunicación estatal a las unidades orgánicas de dichas entidades, como veremos a continuación:


1)  Según lo establecido en los artículos 51, 52, 69 y 127 del ROF del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, la Oficina de Comunicaciones tiene como fin promover y dirigir las acciones destinadas a la difusión interna y externa de la política exterior y las actividades de los Órganos del Ministerio, así como organizar talleres para los medios de comunicación nacionales y extranjeros sobre temas relevantes de la política exterior peruana. Asimismo dicho Ministerio cuenta con una Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza que tiene la obligación de coordinar con los órganos del Ministerio y los organismos públicos del sector los lineamientos de política para la participación de la sociedad civil, las entidades internacionales y la cooperación internacional en el proceso de integración fronteriza; además cuenta con el conocido Centro Cultural Inca Garcilaso que tiene como función organizar seminarios, conferencias, talleres, exposiciones y actividades similares orientadas a la promoción cultural, incluyendo las publicaciones que corresponda.

2)  Conforme a lo previsto en los artículos 9 y 15 del ROF del Ministerio de Educación aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica tiene como función principal articular y supervisar la formulación, actualización, adaptación e implementación del Currículo Nacional, considerando los enfoques intercultural, bilingüe, inclusivo, ambiental y comunitario; asimismo cuenta con un Consejo Nacional de Educación cuya función es establecer canales permanentes de información y diálogo con la población. Además tiene el privilegio de contar con una Oficina de Diálogo (ODI) como órgano de apoyo, a través del cual debe realizar tantos talleres como mesas de diálogo sean posibles para lograr una adecuada difusión de las estrategias y actividades del sector educación.

3)  De acuerdo a lo establecido en los artículos  13, 15, 35,  87 y 107 del ROF del Ministerio de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA, la Secretaría General tiene como función gestionar, coordinar y asesorar las acciones relacionadas con la prevención, control y promoción de la cultura de paz y diálogo con la sociedad civil, en coordinación con los órganos competentes y en el marco de la normativa vigente; asimismo cuenta con una Oficina de Transparencia y Anticorrupción cuya principal función es realizar acciones que  garanticen el derecho de acceso a la información pública, fortalezcan la vigilancia ciudadana y mejoren la transparencia en la gestión administrativa en el mencionado Ministerio, sus organismos públicos y órganos desconcentrados. Así también tiene una Oficina General de Gestión Descentralizada y Secretaría de Coordinación que debe proponer, promover y participar en espacios de dialogo y soluciones que permitan facilitar las relaciones intergubernamentales y el desarrollo de la gestión descentralizada. Asimismo, cuenta con una Dirección de Productos Farmacéuticos cuya línea de acción es formular e implementar lineamientos, normas, planes, estrategias, programas y proyectos orientados a asegurar la gestión integrada, participativa y multisectorial pública y privada de los productos farmacéuticos a nivel nacional, así como realizar su seguimiento. No está demás mencionar que cuenta con INFOSALUD que es una Dirección que tiene la función de formular e implementar protocolos y procedimientos para orientar al ciudadano en aspectos de  aseguramiento en salud, así como en aspectos sanitarios vinculados a la orientación médica, difusión de campañas de salud; pautas para promover estilos de vida saludables; orientación general sobre medicamentos; recomendaciones de tratamiento sobre signos y síntomas de alerta de la salud, autocuidado; y referencia de los diferentes niveles de atención; primeros auxilios por emergencia de riesgo vital, consulta, quejas y reclamos de la prestación de servicios de establecimientos de salud; de la misma forma se encarga de desarrollar acciones de orientación y consejería médica al ciudadano; difusión de campañas de salud; orientación general sobre medicamentos, entre otros.

4)  Según lo establecido en los artículos 47, 56 y 57 del ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria tiene como función elaborar e implementar el Plan Nacional de Difusión de la Información Agraria Especializada del Sector, en coordinación con los órganos y organismos públicos adscritos al Ministerio; asimismo la Dirección de Gestión Descentralizada tiene la obligación de articular la actuación de los órganos, programas y proyectos especiales del Ministerio y sus organismos públicos adscritos, en el ámbito regional y local. Este Ministerio también cuenta con una Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo, con la responsabilidad de proponer los objetivos y estrategias en materia de prevención y manejo de los conflictos vinculados al tema agrario, en coordinación con los órganos, programas, proyectos especiales del Ministerio y sus órganos públicos adscritos, en el marco de los lineamientos de la PCM, además de generar y fortalecer los espacios de concertación para la prevención y manejo de conflictos vinculados al tema agrario; así como realizar el seguimiento de los acuerdos adoptados.

5)  Conforme a lo regulado en el artículo 107 del ROF del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2003-EM, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros tiene como función principal, participar y dirigir talleres y audiencias públicas relacionadas con los estudios ambientales del Sector Minería, entre otros.

6)  De acuerdo con lo previsto en los artículos 64, 67, 68, 95, 98 y 99 del ROF del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, dependiente del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura tiene como función formular, proponer, evaluar y difundir normas, lineamientos, reglamentos, entre otros, en materia de pesca y acuicultura; asimismo debe diseñar, proponer e implementar mecanismos de coordinación con organismos públicos adscritos a dicho Ministerio y otros niveles de gobierno, para la implementación de las políticas y planes nacionales y sectoriales en materia de pesca y acuicultura. Asimismo cuenta con una Dirección de Seguimiento y Evaluación, que se encarga de realizar el seguimiento a la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, normas y reglamentos de alcance nacional, en materia de pesca y acuicultura. También el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria tiene la responsabilidad de promover espacios de concertación y coordinación en los tres niveles de gobierno para la implementación de políticas en las materias de sus competencias; por otro lado, la Dirección de Normatividad tiene como función difundir, orientar y capacitar a los agentes económicos en la aplicación de las normas, directivas, reglamentos técnicos, entre otros, en las materias de sus competencias.

7)  La Superintendencia Nacional de Fiscalización Tributaria SUNAT, también ha regulado las funciones de su órgano encargado de comunicar sus actividades a la ciudadanía. Según lo previsto en el artículo 29-B de su ROF institucional, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional tiene como función “conducir la ejecución de las acciones de comunicación externa y de coordinación, así como dirigir las acciones de fortalecimiento de la imagen institucional, identidad corporativa y protocolo de carácter institucional. Así también tiene que conducir la elaboración de propuestas de estrategias y acciones para la gestión de crisis o cambios súbitos que afecten la imagen de la institución.


Hoy en día, todos los Ministerios y Organismos del Estado tienen dentro de su organización una oficina, un órgano o unidad orgánica que se encarga de realizar las actividades de difusión y comunicación de las políticas, estrategias y actividades a favor de la población. Hasta aquí solo he mencionado unos cuantos ejemplos. Tal como lo mencioné en un Estudio anterior[2], dichas oficinas están en la obligación de realizar las actividades de difusión y comunicación que menciono a continuación:

a) Acceso de la población a los anteproyectos y proyectos normativos planteados ante el Congreso de la República y el Consejo de Ministros: Consiste en la entrega de los proyectos y propuestas, por escrito y en medio digital, y en cualquier otro medio que la autoridad competente considere idóneo, previa revisión y conformidad de su contenido, a las autoridades públicas, comunales o vecinales y a personas o entidades interesadas o que puedan facilitar su difusión, con la finalidad de promover el fácil entendimiento del proyecto y de sus antecedentes correspondientes, así como la revisión del texto completo de dicho proyecto, en las sedes indicadas por el Poder Ejecutivo.

b) Publicidad de avisos de participación ciudadana en medios radiales del Estado: Consiste en la difusión de avisos mediante anuncios radiales, dando cuenta de la presentación de un proyecto ante las autoridades del gobierno, del plazo y lugar para la revisión del texto completo de sus antecedentes para la presentación de observaciones y sugerencias. En este aviso también se incluyen los demás mecanismos de participación ciudadana que fueran a ser empleados, de ser el caso.

c) Encuestas, Entrevistas o Grupos Focales: Destinadas a recabar información sobre actividades, intereses, percepciones y otro tipo de información que deba considerarse en el diseño de las normas reglamentarias o directivas institucionales y en la toma de decisiones que le compete al gobierno.

d) Distribución de materiales informativos: Son los medios escritos, de audio o audiovisuales, que tienen por fin ilustrar y dar a conocer, de manera sencilla y didáctica las actividades propuestas, en campaña o en ejecución, las medidas de reforma a implementarse o que se vienen implementando, y otra información que pueda ser relevante. Deben ser elaborados en un lenguaje sencillo, coloquial y usando la lengua mayoritariamente usada y comprendida por la población involucrada.

e) Visitas guiadas al área geográfica en donde se implementará algún proyecto o a las instalaciones del proyecto: Visitas guiadas por personal especializado dispuesto por el Organismo Público o Ministerio involucrado, con o sin participación de la autoridad, a fin de mostrar las características del lugar en el que se desarrollará un determinado proyecto; el presupuesto involucrado, las unidades que se instalarán y cualquier otro aspecto relevante para el proceso de participación ciudadana.

f) Interacción con la población involucrada a través de equipo de facilitadores: Dispuesto por el gobierno central en coordinación con sus órganos desconcentrados, el cual visita casa por casa, o comunidad por comunidad, en el área de influencia del proyecto, con la finalidad de informar y recoger percepciones sobre el mismo, que se viene elaborando, o que está siendo revisado por el Poder Ejecutivo, o sobre el proyecto normativo, sus posibles impactos y las consecuencias de su implementación.

g) Talleres participativos: Orientados a brindar información, establecer un diálogo y conocer percepciones, preocupaciones e intereses de la población respecto del proyecto normativo o gestión a implementarse, antes de la elaboración de la norma administrativa o durante su elaboración.

h) Audiencia Pública: Acto público dirigido por el poder Ejecutivo, en el cual se presenta la propuesta de política o proyecto normativo, registrándose los aportes, comentarios u observaciones de los participantes.

i) Presentación de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad: Consiste en facilitar el ejercicio del derecho a la participación mediante la presentación de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad competente en el plazo establecido en el marco normativo aplicable.

j) Oficina de Información Permanente: Consiste en el establecimiento o disposición, por parte del organismo estatal, de un ambiente físico en un lugar apropiado para el acceso de la población involucrada, en el cual se brinde información sobre el proyecto y se absuelva las interrogantes que respecto de éste, sus beneficios o consecuencias pueda tener dicha población.

k) Monitoreo y Vigilancia Participativa: Consiste en promover de manera organizada, la participación de la población involucrada para el acceso y generación de información relacionada a los aspectos de las actividades de los Ministerios del Estado, luego de aprobadas las normas reglamentarias, directivas o actos de gobierno institucionales, a través del seguimiento y vigilancia del cumplimiento de tales normas.

l) Uso de medios tradicionales: Consiste en aquellas formas de participación identificadas de acuerdo a las características sociales y culturales de la población involucrada, las cuales deberán ser identificadas y planteadas por la entidad pública en la propuesta de Plan de Participación Ciudadana.

m) Mesas de Diálogo: Espacio permanente o temporal de interacción entre los representantes acreditados de la población involucrada, de la sociedad civil organizada y las autoridades locales, regionales o nacionales con competencias, en el que se aborda determinados asuntos sobre el derecho a la información y la participación ciudadana, a fin de construir consensos y establecer acuerdos. En este caso, es el Poder Ejecutivo quien promueve la conformación de la Mesa de Diálogo en coordinación con las autoridades nacionales, regionales o locales con competencias en derecho a la información y la participación ciudadana.


Como se aprecia en el presente análisis, el Estado tiene múltiples maneras de informar a las poblaciones alejadas sobre sus estrategias, sus campañas y actividades más importantes, garantizando el derecho a la información y a la participación ciudadana.

Cabe verificar ahora si el Estado, a través de las oficinas competentes está realizando su trabajo de “comunicar” y “difundir” adecuadamente sus actividades, o es que solo estuvo usando el mecanismo de la publicidad en medios de comunicación privados para cumplir dicha misión.



[1] PAJUELO, Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en Julio de 2013. Véase en: https://www.pajuelobustamante.com/principio-10-declaracion-de-rio-influencia-gobierno-poder-judicial-peruano/
[2] PAJUELO, Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en Julio de 2013. Véase en:

sábado, 9 de junio de 2018

Destacado expositor Ricardo Pajuelo Bustamante dictará Conferencia sobre "La prescripción de la facultad para determinar las infracciones administrativas y la caducidad del procedimiento sancionador", en el nuevo Auditorio del Colegio de Abogados de Lima

El destacado especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo, Ricardo Pajuelo Bustamante disertará en el DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOCIOLABORAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y DERECHOS FUNDAMENTALES con el tema "La prescripción de la facultad para determinar las infracciones administrativas y la caducidad del procedimiento sancionador", el día 01 de agosto de 2018 a las 6:00 pm, en el nuevo Auditorio de la Sede Lima Centro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Mayor información Aquí