Cómo informar
estrategias, campañas y actividades desde el Estado protegiendo el Derecho de Información y Participación
ciudadanos:
Autor: Ricardo Pajuelo BustamanteAbogado, Especialista en Gestión Pública
El Estado Peruano, a través de sus diversas
entidades ejecuta a diario planes, programas y actividades, diseña estrategias
y pone en marcha grandes campañas para poner a disposición de los ciudadanos,
adultos y niños, el cumplimiento de sus políticas y misiones institucionales.
Nos queda claro que es una necesidad y una
obligación del Estado comunicar de estas acciones a la población, ya sea en la
etapa preparatoria de formulación, así como cuando llega a ofrecer bienes o
servicios concretos.
Dicha obligación se encuentra expresada en el
artículo 2, inciso 4 de la Constitución Política del Perú y el artículo 13º de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos que reconocen el derecho de toda persona a la libertad
de información, que comprende los derechos a recibir, buscar y difundir información
pública, correspondiendo al Estado la obligación de hacer efectivos los
alcances de este derecho y garantizar su ejercicio.
En un trabajo anterior que hice sobre el Principio 10 de la Declaración de Río de
1992 y su influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano[1]”, mencioné sobre la influencia que tuvo en nuestra normatividad nacional, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, que señalaba en el artículo III de su Título Preliminar el derecho de toda persona a "participar responsablemente
en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación
de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se
adopten en cada uno de los niveles de gobierno”; así como el
artículo 48, inciso 1 de la misma Ley que preveía que las autoridades públicas “establecen mecanismos formales para
facilitar la efectiva participación ciudadana (…)”, por ello
considero que es un derecho irrenunciable para todo ciudadano su participación
activa en las gestiones de gobierno que realiza el Estado.
En el Poder Ejecutivo, se han aprobado instrumentos
de gestión que, con su aplicación, garantizan el adecuado cumplimiento de la
obligación estatal de comunicar sobre la ejecución de los mencionados planes, programas, actividades, estrategias, campañas, políticas o
cuanta acción se realice en el Estado.
Para citar algunos ejemplos, basta revisar los
Reglamentos de Organización y Funciones (ROF)
de algunas entidades públicas que se encuentran vigentes en la actualidad, en
los cuales se asignan tareas de comunicación estatal a las unidades orgánicas de
dichas entidades, como veremos a continuación:
1) Según lo establecido en los artículos 51, 52, 69 y 127 del ROF del Ministerio de Relaciones Exteriores,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, la Oficina de Comunicaciones tiene como fin promover y dirigir las
acciones destinadas a la difusión interna y externa de la política exterior y
las actividades de los Órganos del Ministerio, así como organizar talleres para
los medios de comunicación nacionales y extranjeros sobre temas relevantes de
la política exterior peruana. Asimismo dicho Ministerio cuenta con una Dirección de Desarrollo e Integración
Fronteriza que tiene la obligación de coordinar con los órganos del
Ministerio y los organismos públicos del sector los lineamientos de política
para la participación de la sociedad civil, las entidades internacionales y la
cooperación internacional en el proceso de integración fronteriza; además
cuenta con el conocido Centro Cultural Inca Garcilaso que tiene como función organizar
seminarios, conferencias, talleres, exposiciones y actividades similares
orientadas a la promoción cultural, incluyendo las publicaciones que
corresponda.
2) Conforme a lo previsto en los artículos 9 y 15 del ROF del Ministerio de Educación aprobado
mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica tiene como función
principal articular y supervisar la formulación, actualización, adaptación e
implementación del Currículo Nacional, considerando los enfoques intercultural,
bilingüe, inclusivo, ambiental y comunitario; asimismo cuenta con un Consejo
Nacional de Educación cuya función es establecer canales permanentes de
información y diálogo con la población. Además tiene el privilegio de contar
con una Oficina de Diálogo (ODI) como órgano de apoyo, a través del cual debe
realizar tantos talleres como mesas de diálogo sean posibles para lograr una
adecuada difusión de las estrategias y actividades del sector educación.
3) De acuerdo a lo establecido en los artículos 13, 15, 35, 87 y 107 del ROF del Ministerio de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA,
la Secretaría General tiene como función gestionar, coordinar y asesorar las
acciones relacionadas con la prevención, control y promoción de la cultura de
paz y diálogo con la sociedad civil,
en coordinación con los órganos competentes y en el marco de la normativa
vigente; asimismo cuenta con una Oficina
de Transparencia y Anticorrupción cuya principal función es realizar
acciones que garanticen el derecho de
acceso a la información pública, fortalezcan la vigilancia ciudadana y mejoren
la transparencia en la gestión administrativa en el mencionado Ministerio, sus
organismos públicos y órganos desconcentrados. Así también tiene una Oficina General de Gestión Descentralizada y
Secretaría de Coordinación que debe proponer, promover y participar en
espacios de dialogo y soluciones que permitan facilitar las relaciones
intergubernamentales y el desarrollo de la gestión descentralizada. Asimismo,
cuenta con una Dirección de Productos
Farmacéuticos cuya línea de acción es formular e implementar lineamientos,
normas, planes, estrategias, programas y proyectos orientados a asegurar la
gestión integrada, participativa y multisectorial pública y privada de los
productos farmacéuticos a nivel nacional, así como realizar su seguimiento. No
está demás mencionar que cuenta con INFOSALUD
que es una Dirección que tiene la función de formular e implementar protocolos
y procedimientos para orientar al ciudadano en aspectos de aseguramiento en salud, así como en aspectos
sanitarios vinculados a la orientación médica, difusión de campañas de salud;
pautas para promover estilos de vida saludables; orientación general sobre
medicamentos; recomendaciones de tratamiento sobre signos y síntomas de alerta
de la salud, autocuidado; y referencia de los diferentes niveles de atención;
primeros auxilios por emergencia de riesgo vital, consulta, quejas y reclamos
de la prestación de servicios de establecimientos de salud; de la misma forma
se encarga de desarrollar acciones de orientación y consejería médica al
ciudadano; difusión de campañas de salud; orientación general sobre
medicamentos, entre otros.
4) Según lo establecido en los artículos 47, 56 y 57 del ROF del Ministerio de Agricultura y Riego,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria tiene como
función elaborar e implementar el Plan Nacional de Difusión de la Información
Agraria Especializada del Sector, en coordinación con los órganos y organismos
públicos adscritos al Ministerio; asimismo la Dirección de Gestión Descentralizada tiene la obligación de articular
la actuación de los órganos, programas y proyectos especiales del Ministerio y
sus organismos públicos adscritos, en el ámbito regional y local. Este
Ministerio también cuenta con una Dirección
de Gestión del Riesgo y del Diálogo, con la responsabilidad de proponer los
objetivos y estrategias en materia de prevención y manejo de los conflictos vinculados
al tema agrario, en coordinación con los órganos, programas, proyectos
especiales del Ministerio y sus órganos públicos adscritos, en el marco de los
lineamientos de la PCM, además de generar y fortalecer los espacios de
concertación para la prevención y manejo de conflictos vinculados al tema
agrario; así como realizar el seguimiento de los acuerdos adoptados.
5) Conforme a lo regulado en el artículo 107 del ROF del Ministerio de Energía y Minas, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 027-2003-EM, la Dirección General de Asuntos
Ambientales Mineros tiene como
función principal, participar y dirigir talleres y audiencias públicas relacionadas con los estudios ambientales del
Sector Minería, entre otros.
6) De acuerdo con lo previsto en los artículos 64, 67, 68, 95, 98 y 99
del ROF del Ministerio de la Producción,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, dependiente
del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura tiene como función formular,
proponer, evaluar y difundir normas,
lineamientos, reglamentos, entre otros, en materia de pesca y acuicultura;
asimismo debe diseñar, proponer e implementar mecanismos de coordinación con organismos
públicos adscritos a dicho Ministerio y otros niveles de gobierno, para la
implementación de las políticas y planes nacionales y sectoriales en materia de
pesca y acuicultura. Asimismo cuenta con una Dirección de Seguimiento y
Evaluación, que se encarga de realizar el seguimiento a la implementación de
las políticas nacionales y sectoriales, normas y reglamentos de alcance
nacional, en materia de pesca y acuicultura. También el Despacho
Viceministerial de MYPE e Industria tiene la responsabilidad de promover
espacios de concertación y
coordinación en los tres niveles de gobierno para la implementación de
políticas en las materias de sus competencias; por otro lado, la Dirección de Normatividad tiene como
función difundir, orientar y capacitar a los agentes económicos en la
aplicación de las normas, directivas, reglamentos técnicos, entre otros, en las
materias de sus competencias.
7) La Superintendencia Nacional de Fiscalización Tributaria SUNAT, también
ha regulado las funciones de su órgano encargado de comunicar sus actividades a
la ciudadanía. Según lo previsto en el artículo 29-B de su ROF institucional, la
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional tiene como función “conducir
la ejecución de las acciones de comunicación externa y de coordinación, así
como dirigir las acciones de fortalecimiento de la imagen institucional,
identidad corporativa y protocolo de carácter institucional. Así también tiene
que conducir la elaboración de propuestas de estrategias y acciones para la
gestión de crisis o cambios súbitos que afecten la imagen de la institución.
Hoy en día, todos los Ministerios y Organismos del
Estado tienen dentro de su organización una oficina, un órgano o unidad
orgánica que se encarga de realizar las actividades de difusión y comunicación
de las políticas, estrategias y actividades a favor de la población. Hasta aquí
solo he mencionado unos cuantos ejemplos. Tal como lo mencioné en un Estudio
anterior[2], dichas
oficinas están en la obligación de realizar las actividades de difusión y comunicación que menciono a
continuación:
a) Acceso de la población a los anteproyectos y proyectos normativos planteados ante el Congreso de
la República y el Consejo de Ministros: Consiste en la entrega de los proyectos
y propuestas, por escrito y en medio digital, y en cualquier otro medio que la
autoridad competente considere idóneo, previa revisión y conformidad de su
contenido, a las autoridades públicas, comunales o vecinales y a personas o
entidades interesadas o que puedan facilitar su difusión, con la finalidad de
promover el fácil entendimiento del proyecto y de sus antecedentes correspondientes,
así como la revisión del texto completo de dicho proyecto, en las sedes
indicadas por el Poder Ejecutivo.
b) Publicidad de avisos de participación ciudadana en medios radiales del
Estado:
Consiste en la difusión de avisos mediante anuncios radiales, dando cuenta de
la presentación de un proyecto ante las autoridades del gobierno, del plazo y
lugar para la revisión del texto completo de sus antecedentes para la
presentación de observaciones y sugerencias. En este aviso también se incluyen
los demás mecanismos de participación ciudadana que fueran a ser empleados, de
ser el caso.
c) Encuestas, Entrevistas o Grupos
Focales:
Destinadas a recabar información sobre actividades, intereses, percepciones y
otro tipo de información que deba considerarse en el diseño de las normas
reglamentarias o directivas institucionales y en la toma de decisiones que le
compete al gobierno.
d) Distribución de materiales informativos: Son los medios escritos, de
audio o audiovisuales, que tienen por fin ilustrar y dar a conocer, de manera
sencilla y didáctica las actividades propuestas, en campaña o en ejecución, las
medidas de reforma a implementarse o que se vienen implementando, y otra
información que pueda ser relevante. Deben ser elaborados en un lenguaje
sencillo, coloquial y usando la lengua mayoritariamente usada y comprendida por
la población involucrada.
e) Visitas guiadas al área geográfica en donde se implementará algún
proyecto o a las instalaciones del proyecto: Visitas guiadas por personal especializado
dispuesto por el Organismo Público o Ministerio involucrado, con o sin
participación de la autoridad, a fin de mostrar las características del lugar
en el que se desarrollará un determinado proyecto; el presupuesto involucrado,
las unidades que se instalarán y cualquier otro aspecto relevante para el
proceso de participación ciudadana.
f) Interacción con la población involucrada a través de equipo de facilitadores: Dispuesto por el gobierno central
en coordinación con sus órganos desconcentrados, el cual visita casa por casa,
o comunidad por comunidad, en el área de influencia del proyecto, con la
finalidad de informar y recoger percepciones sobre el mismo, que se viene
elaborando, o que está siendo revisado por el Poder Ejecutivo, o sobre el
proyecto normativo, sus posibles impactos y las consecuencias de su
implementación.
g) Talleres participativos: Orientados a brindar información, establecer un
diálogo y conocer percepciones, preocupaciones e intereses de la población
respecto del proyecto normativo o gestión a implementarse, antes de la
elaboración de la norma administrativa o durante su elaboración.
h) Audiencia Pública: Acto público dirigido por el poder Ejecutivo, en el cual se presenta
la propuesta de política o proyecto normativo, registrándose los aportes,
comentarios u observaciones de los participantes.
i) Presentación de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad: Consiste en facilitar el
ejercicio del derecho a la participación mediante la presentación de aportes,
comentarios u observaciones ante la autoridad competente en el plazo
establecido en el marco normativo aplicable.
j) Oficina de Información Permanente: Consiste en el establecimiento o disposición, por
parte del organismo estatal, de un ambiente físico en un lugar apropiado para
el acceso de la población involucrada, en el cual se brinde información sobre
el proyecto y se absuelva las interrogantes que respecto de éste, sus
beneficios o consecuencias pueda tener dicha población.
k) Monitoreo y Vigilancia Participativa: Consiste en promover de manera organizada, la
participación de la población involucrada para el acceso y generación de
información relacionada a los aspectos de las actividades de los Ministerios
del Estado, luego de aprobadas las normas reglamentarias, directivas o actos de
gobierno institucionales, a través del seguimiento y vigilancia del
cumplimiento de tales normas.
l) Uso de medios tradicionales: Consiste en aquellas formas de participación
identificadas de acuerdo a las características sociales y culturales de la
población involucrada, las cuales deberán ser identificadas y planteadas por la
entidad pública en la propuesta de Plan de Participación Ciudadana.
m) Mesas de Diálogo: Espacio permanente o temporal de interacción entre los representantes
acreditados de la población involucrada, de la sociedad civil organizada y las
autoridades locales, regionales o nacionales con competencias, en el que se
aborda determinados asuntos sobre el derecho a la información y la
participación ciudadana, a fin de construir consensos y establecer acuerdos. En
este caso, es el Poder Ejecutivo quien promueve la conformación de la Mesa de
Diálogo en coordinación con las autoridades nacionales, regionales o locales
con competencias en derecho a la información y la participación ciudadana.
Como se aprecia en el presente análisis, el
Estado tiene múltiples maneras de informar a las poblaciones alejadas sobre sus
estrategias, sus campañas y actividades más importantes, garantizando el
derecho a la información y a la participación ciudadana.
[1]
PAJUELO, Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su
influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en
Julio de 2013. Véase en: https://www.pajuelobustamante.com/principio-10-declaracion-de-rio-influencia-gobierno-poder-judicial-peruano/
[2] PAJUELO,
Ricardo Enrique.- El Principio 10 de la Declaración de Río de 1992: Su
influencia en el Gobierno del Poder Judicial Peruano. Artículo publicado en
Julio de 2013. Véase en: