User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante

miércoles, 1 de noviembre de 2017

Colegio de Abogados de Lima publicó la Revista del Foro N° 104 (2017), en cuya página 251, aparece el artículo "Los Planes de Adecuación a la Formalidad Laboral: El Tránsito Progresivo al Crecimiento Económico" escrito por el abogado Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante, Secretario General de la SUNAFIL durante el período 2015-2016

El Colegio de Abogados de Lima publicó la Revista del Foro N° 104 (2017), en cuya página 251, aparece el artículo "Los Planes de Adecuación a la Formalidad Laboral: El Tránsito Progresivo al Crecimiento Económico" escrito por el abogado Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante, Secretario General de la SUNAFIL durante el período 2015-2016. Para ver el artículo, ingrese aquí

CONTENIDO: 
1.- Introducción. 2.- Informalidad y Formalidad Laboral. 3.- Formalización Laboral en Latinoamérica. 4.- La Estrategia clásica de Formalización Laboral en el Perú. 5.- Propuestas de Formalización Laboral impulsadas desde la Secretaría General de la SUNAFIL. 6.- El Plan de Adecuación a la Formalidad Laboral. 7.- Proyectos normativos propuestos por el autor. 8.- Conclusiones. 9.- Bibliografía.



jueves, 14 de septiembre de 2017

Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE designa como Secretario General al Señor Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante

Mediante Resolución Jefatural N° 221-2017-JN/ONPE de fecha 13 de setiembre de 2017, el Jefe de la ONPE designó al Señor Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante como nuevo Secretario General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Dicho dispositivo fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de setiembre de 2017.

martes, 15 de agosto de 2017

El Poder Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?

El Poder Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?

Abogado, Director del Capítulo Legal de ASOPESMA
Auditor en Seguridad y Salud en el Trabajo 
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Para nadie es una novedad que la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de una determinada organización, debe ser elaborada, aprobada, puesta en práctica y evaluada con la participación protagónica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrada tanto por los representantes del empleador como por los representantes de los trabajadores.

En un estado normal de las cosas, tendríamos a una organización que publicita abiertamente su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la plena certeza de que existe concordia entre el empleador y los trabajadores respecto de los principios y generalidades mencionadas en la política. Pero, ¿realmente en el Poder Judicial la Política de SST ha sido propuesta, aprobada o evaluada por algún trabajador integrante del Comité?

Hace poco, el día 04 de agosto de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ dictado por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,  aprobando el texto actualizado de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, en cuyo texto se menciona “(…) resulta necesario que la política de SST del Poder Judicial sea de conocimiento de los trabajadores de este Poder del Estado (…) por lo que debe aprobarse la actualización del texto (…)”.

Como sabemos, de conformidad con los artículos 22 y 23 de la Ley N° 29783, una política de SST viene a ser la expresión sincera de una organización privada o pública, con la cual se compromete, entre otros, a proteger la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo; y a cumplir los requisitos legales y la negociación colectiva en dicha materia. La “política” es la muestra y plena garantía de que los trabajadores son consultados y participan activamente en todos los elementos del Sistema de Gestión de SST y que existe compatibilidad e integración del Sistema de Gestión de la SST con los demás sistemas de gestión de la organización.

Por nuestra experiencia de trabajo al interior de los órganos jurisdiccionales en el país, hemos notado que las condiciones de trabajo de los trabajadores del Poder Judicial no es la mejor. Espacios reducidos, falta de mobiliario ergonómico, gran cantidad de expedientes pendientes de tramitar, y muchos de ellos con proliferación de bacterias del papel, ácaros y hongos propios de la celulosa, a la larga ponen en riesgo la salud de los trabajadores.

Asimismo, ya lo han dicho algunos especialistas (Terbullino:2016) que entre los auxiliares jurisdiccionales (desde auxiliar hasta Relatores y Secretarios), personal administrativo y magistrados del Poder Judicial, se ha reportado que más del 27% del personal que labora en el Poder Judicial padece de la denominada “triada patológica” conformada por el estrés laboral, la ansiedad y la depresión, lo cual constituye un serio problema en caso no existiera una adecuada gestión de los riesgos psicosociales en dicha organización judicial.

Recientemente hemos sido testigos que las organizaciones sindicales de trabajadores del Poder Judicial han expuesto en sus plataformas de reclamo su necesidad de mejorar sus condiciones de trabajo, exigiendo no solo mejores ambientes y mobiliario para cumplir a cabalidad con sus funciones, sino además un correcto tratamiento de los riesgos psicosociales. Esta realidad nos hace pensar que la “Política” de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial aprobada mediante Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ, no ha contado con la participación de los trabajadores de dicha entidad.

Hace unos días dichas organizaciones sindicales han anunciado nuevas medidas de paralización e incluso una huelga indefinida, lo cual traería como consecuencia la interrupción (nuevamente) de los procesos judiciales.

Los ciudadanos no necesitamos más huelgas de trabajadores del Poder Judicial. Necesitamos que empleador y trabajadores concuerden sus propuestas, y en el caso específico de la Seguridad y Salud en el Trabajo de los trabajadores judiciales, anhelamos un momento en el que realmente los trabajadores puedan ser consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo relacionados con su trabajo, anhelamos que al empleador le importe la opinión del trabajador.

Twitter: @RicardoPAJUELO

viernes, 28 de julio de 2017

Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE presentado por Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski "para Fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo" quita rol de Ente Rector a la SUNAFIL y omite aumentar Presupuesto.

PROYECTO DE LEY N° 1722-2017-PE PARA "FORTALECER EL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO"  INCURRE EN UNA SERIE DE DEFICIENCIAS.

Por Ricardo Pajuelo Bustamante

El Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE presentado por el Presidente Pedro Pablo Kuczynski ante el Congreso de la República el día 28 de julio de 2017, que según el Gobierno es "para Fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo", no es más que un proyecto que tiene como fin integrar a los inspectores de los gobiernos regionales en la planilla de la Sunafil, además de seguir con la antigua fijación de quitarle el rol de Ente Rector a dicha Superintendencia prevista en el artículo 3° de la Ley N° 29981, que crea a la Sunafil.

Lo lamentable es que la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo MTPE (autores del proyecto) no han realizado un análisis económico adecuado antes de lanzar al Despacho Presidencial el mencionado Proyecto de Ley, ya que en ninguno de sus artículos se prevé alguna intención del gobierno de pretender "aumentar el Presupuesto" a la entidad, y menos, "convocar a Concurso para el Ascenso de Inspectores, o para el ingreso a la carrera inspectiva, que son exigencias sindicales de los últimos meses de 2017.

Se omite también analizar nuestro Proyecto de Ley que obra en los archivos de Sunafil denominado Proyecto de Ley de Financiamiento de la Sunafil mediante el Aporte por Regulación, que bien puede ser una verdadera fuente de financiamiento para esta entidad, si es que en realidad existiera preocupación de que "se vuelvan a repetir tragedias como la ocurrida en la Galería de Las Malvinas".

Además se omite plantear la creación de la Intendencia Nacional para la Formalización Laboral del Sector Informal, que fue una de nuestras propuestas publicadas en el año 2016.

Esperemos que este Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE sea discutido al interior del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo a fin de que las Comisiones tripartitas discutan la viabilidad del proyecto, sin afectar derecho alguno.