Mediante Resolución Jefatural N° 221-2017-JN/ONPE de fecha 13 de setiembre de 2017, el Jefe de la ONPE designó al Señor Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante como nuevo Secretario General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Dicho dispositivo fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de setiembre de 2017.
Abogado, Evaluador de Competencias Laborales en Prevención de Riesgos Laborales y SST, autorizado por MTPE, Auditor del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, inscrito en MTPE. Director General de EPB Abogados e Ingenieros S. Civil. Minería, Industria, Transporte, Comercio, Construcción. Auditorías de III Parte a cargo de www.pajuelobustamante.com. WhatsApp +51 999963249
jueves, 14 de septiembre de 2017
martes, 15 de agosto de 2017
El Poder Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?
El Poder
Judicial Peruano y su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: ¿Le importó la opinión del trabajador?
Abogado, Director del Capítulo Legal de ASOPESMA
Auditor en Seguridad y Salud en el Trabajo
CompartirPara nadie es una novedad que la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de una determinada organización, debe ser elaborada, aprobada, puesta en práctica y evaluada con la participación protagónica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrada tanto por los representantes del empleador como por los representantes de los trabajadores.
En un estado normal de las cosas, tendríamos a una organización que
publicita abiertamente su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la
plena certeza de que existe concordia entre el empleador y los trabajadores respecto
de los principios y generalidades mencionadas en la política. Pero, ¿realmente
en el Poder Judicial la Política de SST ha sido propuesta, aprobada o evaluada
por algún trabajador integrante del Comité?
Hace poco, el día 04 de agosto de 2017, se publicó en el Diario
Oficial El Peruano la Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ dictado por
el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobando el texto actualizado de la Política
de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, en cuyo texto se menciona
“(…) resulta necesario que la política de
SST del Poder Judicial sea de conocimiento de los trabajadores de este Poder
del Estado (…) por lo que debe aprobarse la actualización del texto (…)”.
Como sabemos, de conformidad con los artículos 22 y 23 de la Ley N°
29783, una política de SST viene a ser la expresión sincera de una organización
privada o pública, con la cual se compromete, entre otros, a proteger la
seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la
prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados
con el trabajo; y a cumplir los requisitos legales y la negociación colectiva
en dicha materia. La “política” es la muestra y plena garantía de que los
trabajadores son consultados y participan activamente en todos los elementos
del Sistema de Gestión de SST y que existe compatibilidad e integración del
Sistema de Gestión de la SST con los demás sistemas de gestión de la
organización.
Por nuestra experiencia de trabajo al interior de los órganos
jurisdiccionales en el país, hemos notado que las condiciones de trabajo de los
trabajadores del Poder Judicial no es la mejor. Espacios reducidos, falta de
mobiliario ergonómico, gran cantidad de expedientes pendientes de tramitar, y
muchos de ellos con proliferación de bacterias del papel, ácaros y hongos
propios de la celulosa, a la larga ponen en riesgo la salud de los
trabajadores.
Asimismo, ya lo han dicho algunos especialistas (Terbullino:2016) que
entre los auxiliares jurisdiccionales (desde auxiliar hasta Relatores y
Secretarios), personal administrativo y magistrados del Poder Judicial, se ha
reportado que más del 27% del personal que labora en el Poder Judicial padece
de la denominada “triada patológica” conformada por el estrés laboral, la ansiedad
y la depresión, lo cual constituye un serio problema en caso no existiera una
adecuada gestión de los riesgos psicosociales en dicha organización judicial.
Recientemente hemos sido testigos que las organizaciones sindicales de
trabajadores del Poder Judicial han expuesto en sus plataformas de reclamo su
necesidad de mejorar sus condiciones de trabajo, exigiendo no solo mejores
ambientes y mobiliario para cumplir a cabalidad con sus funciones, sino además
un correcto tratamiento de los riesgos psicosociales. Esta realidad nos hace
pensar que la “Política” de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial
aprobada mediante Resolución Administrativa N° 214-2017-CE-PJ, no ha contado
con la participación de los trabajadores de dicha entidad.
Hace unos días dichas organizaciones sindicales han anunciado nuevas
medidas de paralización e incluso una huelga indefinida, lo cual traería como
consecuencia la interrupción (nuevamente) de los procesos judiciales.
Los ciudadanos no necesitamos más huelgas de trabajadores del Poder
Judicial. Necesitamos que empleador y trabajadores concuerden sus propuestas, y
en el caso específico de la Seguridad y Salud en el Trabajo de los trabajadores
judiciales, anhelamos un momento en el que realmente los trabajadores puedan
ser consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y
salud en el trabajo relacionados con su trabajo, anhelamos que al empleador le
importe la opinión del trabajador.
Twitter: @RicardoPAJUELO
viernes, 28 de julio de 2017
Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE presentado por Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski "para Fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo" quita rol de Ente Rector a la SUNAFIL y omite aumentar Presupuesto.
PROYECTO DE LEY N° 1722-2017-PE PARA "FORTALECER EL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO" INCURRE EN UNA SERIE DE DEFICIENCIAS.
Por Ricardo Pajuelo Bustamante
El Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE presentado por el Presidente Pedro Pablo Kuczynski ante el Congreso de la República el día 28 de julio de 2017, que según el Gobierno es "para Fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo", no es más que un proyecto que tiene como fin integrar a los inspectores de los gobiernos regionales en la planilla de la Sunafil, además de seguir con la antigua fijación de quitarle el rol de Ente Rector a dicha Superintendencia prevista en el artículo 3° de la Ley N° 29981, que crea a la Sunafil.
Lo lamentable es que la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo MTPE (autores del proyecto) no han realizado un análisis económico adecuado antes de lanzar al Despacho Presidencial el mencionado Proyecto de Ley, ya que en ninguno de sus artículos se prevé alguna intención del gobierno de pretender "aumentar el Presupuesto" a la entidad, y menos, "convocar a Concurso para el Ascenso de Inspectores, o para el ingreso a la carrera inspectiva, que son exigencias sindicales de los últimos meses de 2017.
Se omite también analizar nuestro Proyecto de Ley que obra en los archivos de Sunafil denominado Proyecto de Ley de Financiamiento de la Sunafil mediante el Aporte por Regulación, que bien puede ser una verdadera fuente de financiamiento para esta entidad, si es que en realidad existiera preocupación de que "se vuelvan a repetir tragedias como la ocurrida en la Galería de Las Malvinas".
Además se omite plantear la creación de la Intendencia Nacional para la Formalización Laboral del Sector Informal, que fue una de nuestras propuestas publicadas en el año 2016.
Esperemos que este Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE sea discutido al interior del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo a fin de que las Comisiones tripartitas discutan la viabilidad del proyecto, sin afectar derecho alguno.
Por Ricardo Pajuelo Bustamante
El Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE presentado por el Presidente Pedro Pablo Kuczynski ante el Congreso de la República el día 28 de julio de 2017, que según el Gobierno es "para Fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo", no es más que un proyecto que tiene como fin integrar a los inspectores de los gobiernos regionales en la planilla de la Sunafil, además de seguir con la antigua fijación de quitarle el rol de Ente Rector a dicha Superintendencia prevista en el artículo 3° de la Ley N° 29981, que crea a la Sunafil.
Lo lamentable es que la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo MTPE (autores del proyecto) no han realizado un análisis económico adecuado antes de lanzar al Despacho Presidencial el mencionado Proyecto de Ley, ya que en ninguno de sus artículos se prevé alguna intención del gobierno de pretender "aumentar el Presupuesto" a la entidad, y menos, "convocar a Concurso para el Ascenso de Inspectores, o para el ingreso a la carrera inspectiva, que son exigencias sindicales de los últimos meses de 2017.
Se omite también analizar nuestro Proyecto de Ley que obra en los archivos de Sunafil denominado Proyecto de Ley de Financiamiento de la Sunafil mediante el Aporte por Regulación, que bien puede ser una verdadera fuente de financiamiento para esta entidad, si es que en realidad existiera preocupación de que "se vuelvan a repetir tragedias como la ocurrida en la Galería de Las Malvinas".
Además se omite plantear la creación de la Intendencia Nacional para la Formalización Laboral del Sector Informal, que fue una de nuestras propuestas publicadas en el año 2016.
Esperemos que este Proyecto de Ley N° 1722-2017-PE sea discutido al interior del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo a fin de que las Comisiones tripartitas discutan la viabilidad del proyecto, sin afectar derecho alguno.
lunes, 3 de julio de 2017
Temporalidad del Empleo en el Perú aumenta el riesgo de accidentes y muertes. ¿Y qué hacen al respecto los Programas Sociales del Ministerio de Trabajo?
TEMPORALIDAD DEL EMPLEO AUMENTA RIESGO DE ACCIDENTES DE TRABAJO EN EL PERÚ
¿Qué hacen al respecto los Programas Sociales del Ministerio de Trabajo?
¿Qué hacen al respecto los Programas Sociales del Ministerio de Trabajo?
Hace un par de meses el Ministro Fernando Zavala, anunció en el Diario El Comercio que el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski había diseñado un proyecto de trabajo temporal de emergencia para 20,000 personas afectadas a causa del desastre del Fenómeno del Niño Costero.
Así como el Ministro, muchas empresas ofrecen trabajos temporales diariamente a cientos y miles de jóvenes, sin que la autoridad competente se preocupe en mencionar que los beneficiarios de dichos empleos temporales tienen derecho a recibir una oportuna capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo.
La información levantada por el Plan Cuadrante Inspectivo de la Sunafil durante el período 2015-2016, da cuenta que en Lima Metropolitana, existen períodos en que se contrata masivamente a jóvenes ya sea para la "campaña navideña", o la "campaña escolar" o la "campaña de verano". Estos jóvenes, en su mayoría de bajos recursos, son contratados rápidamente y colocados de inmediato en sus puestos de trabajo sin recibir una adecuada inducción para la tarea, ni capacitación básica en la identificación de los peligros y riesgos de su área de trabajo, ni la mínima sensibilización sobre la exposición de sus propias integridades a un probable accidente de trabajo.
Esta alarmante situación, es la que genera que cada año, el número de accidentes de trabajo se incremente en los sectores Construcción, Hospedaje y Comercio, sin que el Estado cumpla no solo su rol fiscalizador, sino con su rol capacitador, a través de sus programas de formación para el empleo.
Con la experiencia de haber sido testigos de la muerte de dos jóvenes trabajadores en situación de esclavitud en pleno Centro de Lima, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de sus Programas Impulsa Perú, Trabaja PERÚ y Jóvenes Productivos, debería elevar como principal servicio a favor de los jóvenes y personas en situación de desempleo "la capacitación en Derechos sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo", y no solo limitarse a brindar servicios de "conocimientos técnicos para la producción" o "inserción de jóvenes en el mercado laboral" o "asesoría para elaborar planes de negocio". Así, se aprovecharía mejor los recursos asignados a estos Programas Sociales.
Hoy en día, la tarea principal es salvaguardar la vida e integridad de nuestros jóvenes trabajadores mediante una correcta y oportuna capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo para la prevención de accidentes en los centros laborales, con la necesaria inducción, la utilización de equipos de protección personal, una adecuada señalización y la debida información al trabajador sobre los riesgos a los que se encuentra sometido día a día. ¿Qué hacen al respecto los Programas Sociales del Ministerio de Trabajo?
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https://orcid.org/0000-0003-3281-5987


