La Auditoría del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es obligatoria en el Perú desde el año 2015. El Decreto Legislativo N° 1499 suspendió la obligatoriedad de las auditorías presenciales reguladas en el artículo 43° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Por ello, las organizaciones privadas, empresas y sociedades, con el fin de mantener la Mejora Continua, prevenir la propagación del contagio de la COVID-19 y reforzar las medidas de Bioseguridad han optado por planificar y ejecutar las Auditorías Remotas según lo dispuesto en la GP123 Guía Peruana 123:2020 aprobada por INACAL y otros instrumentos internacionales que utilizan las TIC, tales como la Guía IAF MD 4:2018 y la norma ISO/TC176/AHG.
En EPB Abogados & Ingenieros llevamos adelante las Auditorías del Sistema de Gestión de la #SST de empresas y otras organizaciones, cumpliendo con la normativa ISO 19011 y la regulación nacional.
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