User-agent: Mediapartners-Google Disallow: User-agent: * Disallow: Allow: / Sitemap: https://ricardopajuelo.blogspot.com/sitemap.xml Auditor de SST inscrito en el MTPE, Ricardo Enrique Pajuelo Bustamante: enero 2019

lunes, 21 de enero de 2019

Formalización Minera: Propuestas para aumentar cifras y continuar con el Desarrollo Sostenible.

Formalización Minera, una necesidad, con miras al Desarrollo Sostenible y compatible con la Responsabilidad Social, la protección al Ambiente y el cumplimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Con el Viceministro de Minas, Dr. Miguel Incháustegui Zevallos.
AutorRicardoPajuelo Bustamante
Auditor del Sistema de Gestión de la SST, Especialista en Gestión Pública

La Dirección General de Formalización Minera, órgano de línea del Viceministerio de Minas, es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política sobre formalización minera del Sector Minería, la cual propone y expide la normativa necesaria, y promueve la ejecución de actividades orientadas a la formalización de las actividades mineras.

Esta Dirección General, si bien durante el último quinquenio estuvo concentrada en implementar la estrategia nacional para la interdicción de la minería ilegal y coordinar con los gobiernos regionales para la ejecución de los operativos de interdicción, hoy con mejores recursos financieros, tiene el deber de ser más creativo, para diseñar nuevas estrategias con el fin de superar el ínfimo número de pequeños mineros que alcanzaron la formalidad en el año 2018 (tan solo 7,000 mineros) y por lo menos triplicar ese número durante este año 2019.

Como ya sabemos, con la informalidad minera en el Perú, aumentó la deforestación en gran parte de nuestro territorio y crecieron los índices de trata de personas, contrabando de metales, secuestros y extorsiones, a la par que las autoridades se degeneraban y se envolvían con el manto de la corrupción, además de perderse el valioso canon minero y afectar gravemente la recaudación tributaria.

Durante los últimos años diversos esfuerzos se han materializado; entre ellos, la aplicación del Decreto Legislativo N° 1293 (30DIC2016), el Decreto Legislativo 1336 (06ENE2017) y el Decreto Legislativo N° 1351 (07ENE2017).

Como sabemos, el Decreto Legislativo N° 1293 declaró de interés nacional la reestructuración del proceso de formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1105 por un plazo de 36 meses, creando el Registro Integral de Formalización Minera, para identificar a personas naturales y jurídicas inscritas en los registros de Saneamiento, de Declaración de Compromisos y que cuenten con RUC de la SUNAT, siempre que hubieren realizado actividad minera por un período menor de cinco años

Así también, la aplicación del Decreto Legislativo N° 1336 que estableció medidas bastante efectivas tales como: 1) que el minero informal inscrito en el Registro Integral de Formalización Minera que tuviera en trámite un Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2012-MINAM y sus normas modificatorias, puede desistirse del mismo y acogerse a un instrumento ambiental previsto en dicho Decreto Legislativo; 2) que, para acreditar que es propietario o que está autorizado por los propietarios del terreno superficial para desarrollar actividades mineras solo le basta adjuntar una declaración jurada con firma legalizada ante Notario Público. Con esta norma además se autorizó a la institución pública Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como la entidad encargada de emitir la autorización de uso de terreno superficial para la minería en áreas comprendidas dentro de la Amazonía; 3) el establecimiento de un derecho de preferencia a favor de los mineros informales inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera; 4) la posibilidad de que el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET pueda otorgar títulos de concesión minera en Áreas de No Admisión de Petitorios (ANAP), autorizadas para la realización de trabajos de prospección minera regional, a favor de la empresa estatal minera “Activos Mineros S.A.C.”, para la suscripción de los contratos de explotación con los mineros informales inscritos en el Registro Integral; 5) la posibilidad de que el Ministerio de Energía y Minas pueda otorgar la acreditación de pequeño productor minero o productor minero artesanal  a las personas que cuenten con un instrumento de Gestión Ambiental Correctivo o Preventivo para la Formalización; además de acreditar la propiedad o autorización para el uso del terreno; 6) la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de elaborar el Plan para la formalización laboral en el ámbito de la pequeña minería y minería artesanal, entre otros. 

El mencionado Decreto Legislativo N° 1336 estableció también que el minero informal inscrito en el Registro Integral de Formalización Minera asumirá las responsabilidades de las obligaciones ambientales y de Seguridad y Salud en el Trabajo. Así también que debe contar obligatoriamente con un Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo o Preventivo para la Formalización; además de acreditar la propiedad o autorización para el uso del terreno, y la titularidad o contrato de cesión o de explotación sobre la concesión minera, a fin de que las Direcciones Regionales de Energía y Minas autoricen el inicio o reinicio de las actividades de explotación o beneficio de minerales o expidan el título de concesión de beneficio y que las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) realicen la fiscalización ambiental respectiva.

El marco normativo sin duda, es bastante alentador; sin embargo, desde nuestra experiencia como operadores jurídicos en diversos negocios mineros, podemos decir que urge que el Gobierno Central transfiera a los Gobiernos Regionales los recursos suficientes para emprender una masiva campaña de capacitación y asistencia técnica no solo a funcionarios de las Direcciones Regionales de Minería, sino que sobre todo, a los pequeños mineros informales o en vías de formalización que se resisten al cambio y a su adaptación a las nuevas tecnologías que se traduzcan en responsabilidad social, protección al ambiente y el cumplimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo. De esta forma, la formalización minera habrá dado un giro de 180 grados y será uno de los procedimientos más eficaces y más rentables.

Deseamos todos los éxitos en la gestión a los colegas del Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas del Perú.